Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-7369)
BOP-2023-7369 Avocación competencias relativas a Imprenta y Boletín Oficial de la Provincia.
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- D. Tomás Sánchez Campo: Informática, innovación y Boletín Oficial de la Provincia (BOP).”
Teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 63.3, 4, 5 y 6 del Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, de 28 de noviembre de
1986. Teniendo en cuenta el régimen jurídico aplicable previsto con carácter general en los
artículos 114 a 118 del mismo reglamento. De conformidad con los artículos 8 y 9 de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y estableciéndose en el
artículo 10 de la misma ley que (sic):
“1. Los órganos superiores podrán avocar para sí el conocimiento de uno o varios asuntos cuya
resolución corresponda ordinariamente o por delegación a sus órganos administrativos
dependientes, cuando circunstancias de índole técnica, económica, social, jurídica o territorial
lo hagan conveniente.
En los supuestos de delegación de competencias en órganos no dependientes
jerárquicamente, el conocimiento de un asunto podrá ser avocado únicamente por el órgano
delegante.
2. En todo caso, la avocación se realizará mediante acuerdo motivado que deberá ser
notificado a los interesados en el procedimiento, si los hubiere, con anterioridad o
simultáneamente a la resolución final que se dicte. Contra el acuerdo de avocación no cabrá
recurso, aunque podrá impugnarse en el que, en su caso, se interponga contra la resolución
del procedimiento.”
De conformidad con lo previsto en el artículo 35 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de
las Bases de Régimen Local y 63 del Real Decreto 2.568/1986 de 28 de noviembre, que
aprueba Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades
Locales,
HE RESUELTO:
PRIMERO.- Avocar las competencias relativas a Imprenta y Boletín Oficial de la Provincia,
quedando así modificados los párrafos que siguen de estas dos resoluciones:
Resolución presidencial de día 5 de julio de 2023, relativa la delegación de
competencias de la presidencia en varios diputados provinciales:
“SEGUNDO.- La Vicepresidencia segunda se denominará “de Hacienda y Administración
General”, y comprenderá las materias relativas a: hacienda, gabinete jurídico, asistencia a
entidades locales, personal, SEPEI, formación, Parque Móvil, Prevención Riesgos Laborales,
CVE:
BOP-2023-7369
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 12 de diciembre de 2023
N.º 0234
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