Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-7368)
BOP-2023-7368 Bases Generales reguladoras de los procesos de selección para la provisión de plazas.
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AREA DE GESTION DE PERSONAL ,
PREVENCION DE RIESGOS LABORALES
Y SEPEI
(SNCFP), o en el Registro de Títulos no Universitarios del Ministerio que ostente las competencias
en educación, según corresponda a las plazas convocadas.
B. Experiencia: Máximo: 2,4 puntos.
B.1. Turno libre y discapacidad.
Por servicios prestados en Administraciones Públicas, en calidad de funcionario de carrera o
interino, o contratado laboral fijo, temporal o indefinido no fijo de plantilla, en plaza igual a la que
se convoca o con funciones idénticas o análogas en su contenido profesional y en su nivel técnico
a las de las del cuerpo, escala y subescala o categoría profesional a la que se opta, aunque
tengan distinta denominación: Se asignará una puntuación de 0,025 puntos por mes, hasta un
máximo de 2,40 puntos.
Se entenderá por Administración Pública lo dispuesto en el artículo 2.3 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En cuanto a la acreditación de estos servicios, los prestados en la Diputación Provincial de
Cáceres y sus Organismos Autónomos se certificarán de oficio por esta Administración Provincial.
Los méritos de experiencia en otras Administraciones Públicas se acreditarán mediante
certificación expedida por el responsable de la unidad administrativa en la que hubiera prestado
sus servicios, en la cual deberá constar la siguiente información:
- Puesto y funciones realizadas.
-Tipo de vínculo (fijo, temporal, indefinido no fijo de plantilla, formación).
- Régimen jurídico de vinculación (laboral, funcionario, estatutario).
- Fecha de inicio y de fin de cada una de las vinculaciones.
- Total de días de vinculación y régimen de jornada (completa, tiempo parcial).
Junto con la documentación, deberá presentarse un Informe de vida laboral emitido por la
Tesorería General de la Seguridad Social.
El cómputo de los servicios prestados se efectuará por meses. Para eso, se calculará en
cada apartado del baremo el número total de días y se dividirá entre 30, de tal manera que lo que
se valorará en cada punto será el cociente entero, despreciándose los decimales.
Los servicios prestados durante el período en el que se disfrute de una reducción de
jornada por alguna de las causas legalmente previstas serán valorados como servicios prestados
en régimen de jornada completa.
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CVE:
BOP-2023-7368
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 12 de diciembre de 2023
N.º 0234
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