Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Tejeda de Tiétar. (BOP-2023-7328)
BOP-2023-7328 Programas Activación para el Empleo Local 2022 y 2023.
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aguas residuales.
d) Infraestructura viaria y otros equipamientos de su titularidad.
e) Evaluación e información de situaciones de necesidad social y la atención
inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social.
f) Policía local, protección civil, prevención y extinción de incendios.
g) Tráfico, estacionamiento de vehículos y movilidad. Transporte colectivo
urbano.
h) Información y promoción de la actividad turística de interés y ámbito local.
i) Ferias, abastos, mercados, lonjas y comercio ambulante.
j) Protección de la salubridad pública.
k) Cementerios y actividades funerarias.
l) Promoción del deporte e instalaciones deportivas y de ocupación del tiempo
libre.
m) Promoción de la cultura y equipamientos culturales.
n) Participar en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria y
cooperar con las Administraciones educativas correspondientes en la obtención
de los solares necesarios para la construcción de nuevos centros docentes. La
conservación, mantenimiento y vigilancia de los edificios de titularidad local
destinados a centros públicos de educación infantil, de educación primaria o de
educación especial.
o) Promoción en su término municipal de la participación de los ciudadanos en el
uso eficiente y sostenible de las tecnologías de la información y las
comunicaciones.
p) Actuaciones en la promoción de la igualdad entre hombres y mujeres, así como
contra la violencia de género.
Por otra parte, de conformidad con los artículos 43 y 45 de la misma ley, ostentando la
financiación de los municipios y del resto de entidades locales carácter
incondicionado, con la finalidad de velar por el equilibrio territorial y la realización
efectiva del principio de solidaridad, en las leyes anuales de Presupuestos Generales de
la Comunidad Autónoma, se establece un fondo incondicionado, proveniente de los
ingresos tributarios de la Comunidad, a distribuir entre los municipios en función de
factores concernientes a población, con especial atención a la población total menor de
25 años y mayor de 65 años; necesidades de gasto; inversa de la capacidad fiscal;
inversa de la renta per cápita y desempleo, para el que el Consejo de Política Social
desarrollará las funciones relativas a su oportuno control y seguimiento.
Asimismo, según lo dispuesto por la Ley 3/2019, de 22 de enero, de garantía de la
autonomía municipal de Extremadura, en su artículo 15.1.c, en lo referido a las
materias o ámbitos de actividad y promoción económica, los municipios disponen,
entre otras, competencias para el “… desarrollo local económico y social y políticas
de fomento o planes locales de empleo”.
De todo lo anterior, se deduce que, a través de los planes locales de empleo, los
municipios contribuyen a satisfacer necesidades y aspiraciones de la comunidad
vecinal, sin que se vea afectada su sostenibilidad financiera.
Conviene mencionar también que la disposición final segunda del Real Decreto-ley
32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía
Ayuntamiento de Tejeda de Tiétar
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Jueves, 7 de diciembre de 2023
N.º 0232
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