Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Tejeda de Tiétar. (BOP-2023-7328)
BOP-2023-7328 Programas Activación para el Empleo Local 2022 y 2023.
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inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social.
 Policía local, protección civil, prevención y extinción de incendios.
 Tráfico, estacionamiento de vehículos y movilidad. Transporte colectivo
urbano.
 Información y promoción de la actividad turística de interés y ámbito local.
 Ferias, abastos, mercados, lonjas y comercio ambulante.
 Protección de la salubridad pública.
 Cementerios y actividades funerarias.
 Promoción del deporte e instalaciones deportivas y de ocupación del tiempo
libre.
 Promoción de la cultura y equipamientos culturales.
 Participar en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria y
cooperar con las Administraciones educativas correspondientes en la obtención
de los solares necesarios para la construcción de nuevos centros docentes. La
conservación, mantenimiento y vigilancia de los edificios de titularidad local
destinados a centros públicos de educación infantil, de educación primaria o de
educación especial.
 Promoción en su término municipal de la participación de los ciudadanos en el
uso eficiente y sostenible de las tecnologías de la información y las
comunicaciones.
 Actuaciones en la promoción de la igualdad entre hombres y mujeres, así como
contra la violencia de género.
Por otra parte, de conformidad con los artículos 43 y 45 de la misma ley, ostentando la
financiación de los municipios y del resto de entidades locales carácter
incondicionado, con la finalidad de velar por el equilibrio territorial y la realización
efectiva del principio de solidaridad, en las leyes anuales de Presupuestos Generales de
la Comunidad Autónoma, se establece un fondo incondicionado, proveniente de los
ingresos tributarios de la Comunidad, a distribuir entre los municipios en función de
factores concernientes a población, con especial atención a la población total menor de
25 años y mayor de 65 años; necesidades de gasto; inversa de la capacidad fiscal;
inversa de la renta per cápita y desempleo, para el que el Consejo de Política Social
desarrollará las funciones relativas a su oportuno control y seguimiento.
Asimismo, según lo dispuesto por la Ley 3/2019, de 22 de enero, de garantía de la
autonomía municipal de Extremadura, en su artículo 15.1.c, en lo referido a las
materias o ámbitos de actividad y promoción económica, los municipios disponen,
entre otras, competencias para el “… desarrollo local económico y social y políticas
de fomento o planes locales de empleo”.
De todo lo anterior, se deduce que, a través de los planes locales de empleo, los
municipios contribuyen a satisfacer necesidades y aspiraciones de la comunidad
vecinal, sin que se vea afectada su sostenibilidad financiera.
Conviene mencionar también que la disposición final segunda del Real Decreto-ley
32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía
de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado laboral, introduce una
nueva disposición adicional novena en el texto refundido de la Ley de Empleo,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, en relación a los
Ayuntamiento de Tejeda de Tiétar
Plaza Mayor, 1, Tejeda de Tiétar. 10420 (Cáceres). Tfno. 927469002. Fax: 927469277
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BOP-2023-7328
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Jueves, 7 de diciembre de 2023
N.º 0232
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