Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de El Gordo. (BOP-2023-7306)
BOP-2023-7306 Aprobación definitiva Ordenanza reguladora de las tierras comunales.
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A Y U N T A M I E N T O
D E
EL GORDO
Plaza de la Constitución, 1  10392 El Gordo (Cáceres)  Telf: 927 57 74 06  Fax 927 57 74 60  email:
ayuntamiento@aytoelgordo.es
ARTÍCULO 31.
La concesión de aguas, la ocupación de terrenos comunales, la producción de energías
renovables, la explotación de canteras en terrenos comunales, la instalación de industria y
cualquier aprovechamiento o mejora que se pretenda implantar en terrenos comunales,
estableciéndose el canon de ocupación correspondiente, se regirán por los pliegos de condiciones
que para cada caso elabore el Ayuntamiento de El Gordo, previo informe de la Comisión de
Vecinos. En su caso, será precisa, además la información pública por plazo no inferior a quince
días.
En los supuestos anteriormente contemplados, los interesados podrán en su caso
presentar una solicitud de concesión de aprovechamientos, a la que deberán acompañar la
siguiente documentación:
 Declaración de la clase de aprovechamiento, describiendo en que consiste la
actividad que se pretende desarrollar;
 Plazo por el que se pretende el aprovechamiento; y
 Parcela y polígono que ocupar con indicación de su superficie.
La concesión de aguas, la ocupación de terrenos comunales, la explotación de canteras
en terrenos comunales, la instalación de industria y cualquier aprovechamiento o mejora que se
pretenda implantar en terrenos comunales, se regirán por los pliegos de condiciones que para
cada caso elabore el Ayuntamiento de El Gordo, previo informe de la comisión de vecinos. En su
caso, será precisa, además la información pública por plazo no inferior a quince días.
TITULO V
Del procedimiento para la adjudicación
ARTÍCULO 32.
Para el aprovechamiento de pastos y partes de labor, mediante edicto o bando, se abrirá
un período de 15 días para que, las personas incluidas en el padrón de beneficiarios, soliciten el
aprovechamiento comunal que deseen.
ARTÍCULO 33.
En cualquier otro tipo de aprovechamiento, el Ayuntamiento de El Gordo procederá a la
licitación de conformidad con la normativa aplicable a la gestión de los bienes de las entidades
locales.
El alcalde o el concejal en quien delegue examinará las solicitudes recibidas y previos los
informes técnicos y jurídicos que procedan sobre la adjudicación provisional de la concesión para
el aprovechamiento correspondiente propondrá al pleno para que las conceda.
Cód.
Validación:
AF3GJ6WGGMH4TF425PG4PXMEM
Verificación:
https://elgordo.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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de
11
CVE:
BOP-2023-7306
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 7 de diciembre de 2023
N.º 0232
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