Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Barrado. (BOP-2023-7301)
BOP-2023-7301 Delegación para celebración de Matrimonio Civil.
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CUARTO. Notificar el acuerdo al concejal delegado y a las personas contrayentes en los
términos previstos en los artículos 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
QUINTO. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, de
acuerdo con lo dispuesto por el artículo 44.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,
por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de
las Entidades Locales, sin perjuicio de la efectividad de la delegación a partir del día siguiente
al de la firma de la presente resolución.
SEXTO. Dar cuenta al pleno de la corporación, en la primera sesión que este celebre, del
contenido de la delegación.”
Barrado, 1 de diciembre de 2023
María Sonia Llorente Fagúndez
ALCALDESA-PRESIDENTA
CVE:
BOP-2023-7301
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 7 de diciembre de 2023
N.º 0232
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