Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcántara. (BOP-2023-7258)
BOP-2023-7258 Aprobación definitiva Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa para la entrada a las representaciones del Festival de Teatro Clásico de Alcántara.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
3 páginas totales
Página
Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Alcántara
ANUNCIO. Aprobación definitiva Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa para la
entrada a las representaciones del Festival de Teatro Clásico de Alcántara.
Transcurrido el plazo de exposición al público del acuerdo provisional de modificación de la
Ordenanza fiscal Reguladora de la tasa para la entrada a las representaciones del Festival de
Teatro Clásico de Alcántara, en ausencia de reclamaciones, dicho acuerdo se eleva a
definitivo, de conformidad con lo dispuesto en el art, 17.3. del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por
el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, por lo
se procede seguidamente a la publicación íntegra del texto de la ordenanza.
Contra referido acuerdo, elevado a definitivo podrán los/as interesados/as interponer recurso
contencioso administrativo a partir de su publicación en el B.O.P, en la forma y plazos que
establecen las normas reguladoras de dicha jurisdicción.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA PARA LA ENTRADA A LAS
REPRESENTACIONES DEL FESTIVAL DE TEATRO CLÁSICO DE ALCÁNTARA.
Artículo 1. Objeto.
Esta Entidad Local, en uso de las facultades contenidas en el artículo 28 del Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de
Haciendas Locales, establece la presente tasa a satisfacer para la entrada a las actuaciones
del Teatro del Festival de Alcántara y ofrecidas por el Ayuntamiento de Alcántara.
Artículo 2. Hecho imponible.
El hecho imponible está constituido por la entrada a las actuaciones de las representaciones
teatrales en el Conventual de San Benito, (Galería de Carlos V), con motivo del Festival de
Teatro Clásico de Alcántara.
Artículo 3. Obligados/as al Pago.
Están obligados/as al pago de la tasa regulada en este ordenanza, las personas físicas y
CVE:
BOP-2023-7258
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 5 de diciembre de 2023
N.º 0231
Pág. 30852