Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torre de Santa María. (BOP-2023-7116)
BOP-2023-7116 Aprobación de las bases y la convocatoria para cubrir la plaza de Operario/a de Servicios Múltiples de este Ayuntamiento, mediante sistema de concurso-oposición.
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Ayuntamiento Torre de Santa María
Ayuntamiento Torre de Santa María
Plza. de España, 1, Torre de Santa María. 10188 (Cáceres). Tfno. 927388127. Fax: 927388556
Provincia núm. 113, correspondiente al día 15 de junio de 2022 y en el Diario
Oficial de Extremadura número 114, correspondiente al día 15 de junio de 2022,
cuyas características son:
Funcionario de carrera
Escala Administración Especial
Subescala Servicios especiales
Clase/Especialidad Personal de oficios
Denominación Operario de Servicios Múltiples
Grupo E – Agrupaciones Profesionales
Nivel 14
Sistema de acceso Concurso-Oposición
N.º de vacantes 1
SEGUNDA. Condiciones de Admisión de Aspirantes
Para poder participar en los procesos selectivos será necesario reunir los siguientes
requisitos generales:
a) Tener la nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión
Europea, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 90 de la Ley 13/2015, de 8 de
abril, de Función Pública de Extremadura.
b) Poseer la capacidad funcional y aptitudes físicas y psíquicas necesarias para el
desempeño de las correspondientes funciones o tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las Comunidades Autónomas, no hallarse en inhabilitación absoluta
o especial para el ejercicio de las funciones propias del cuerpo, escala o categoría
objeto de la convocatoria mediante sentencia firme o por haber sido despedido
disciplinariamente de conformidad con lo previsto en el artículo 96.1.b) del texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, TREBEP. En el caso de ser nacional
de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido
sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los
mismos términos el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión del título de Certificado de Escolaridad o equivalente, con
arreglo a la legislación vigente. En todo caso, la equivalencia u homologación de la
titulación deberá ser aportada por el aspirante, mediante certificación expedida por
CVE:
BOP-2023-7116
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 28 de noviembre de 2023
N.º 0226
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