Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-7078)
BOP-2023-7078 EXTRACTO. Bases reguladoras de la Convocatoria de Subvenciones Centros de Interpretación adscritos a la red de Centros de Interpretación de la provincia de Cáceres. Ejercicio 2024.
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Para proceder a la tramitación de la subvención, la entidad solicitante deberá introducir todos
sus datos identificativos en los campos marcados como obligatorios. El carácter obligatorio de
la información vendrá expresado de forma clara en la propia sede.
Podrá autorizar a la Diputación Provincial de Cáceres para que pueda obtener directamente y/o
por medios telemáticos la información/los datos necesarios para comprobar el cumplimiento de
los requisitos establecidos en las bases de este procedimiento.
La justificación de estar al corriente en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social se
realizará mediante declaración responsable, artículo 7.4. de la Ordenanza General de
Subvenciones, incluida en el modelo normalizado de solicitud.
2. Documentación complementaria.
1. De manera opcional, deberán presentar la siguiente documentación:
- ALTA DE TERCEROS, solo en aquéllos casos en los que la Diputación de Cáceres no
lo tenga a su disposición o hubiera variación de datos con respecto al último Alta de
Terceros, que conste en los archivos de la Diputación; el original o copia auténtica de
dicho documento deberá remitirse a la Tesorería de la Excma. Diputación Provincial de
Cáceres; Plaza de Santa María s/n, 10,071 de Cáceres, que podrá presentarse través
de los medios establecidos en el artículo 16.3, o de manera presencial de acuerdo con el
artículo 16.4, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Si la entidad solicitante necesitara incorporar algún otro documento para complementar
información, podrá dirigirse por correo electrónico al órgano gestor para plantear tal
circunstancia, quien autorizará, en su caso, adjuntarlo bajo la denominación de “documento
adicional”.
3. Firma de la solicitud.
La solicitud, una vez cumplimentada, deberá ser firmada electrónicamente por la persona que
figura como representante legal de la entidad mediante alguno de los sistemas de firma
electrónica basados en certificados para garantizar la identificación de los/as solicitantes, y en
su caso, la autenticidad e integridad de los documentos electrónicos.
La cumplimentación de los datos de la solicitud no supone por sí sola la presentación de ésta,
que permanecerá en borrador hasta su envío a través de sede electrónica, momento en que la
solicitud quedará registrada, teniéndose por presentada.
CVE:
BOP-2023-7078
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 27 de noviembre de 2023
N.º 0225
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