Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-7077)
BOP-2023-7077 Bases reguladoras de la Convocatoria de Subvenciones Centros de Interpretación adscritos a la red de Centros de Interpretación de la provincia de Cáceres. Ejercicio 2024.
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los mismos podrán realizarse hasta la finalización del periodo de justificación.
PRÓRROGA.
Las entidades beneficiarias NO podrán solicitar prórroga del plazo de ejecución de las
actividades, establecido entre el 1 de enero de 2024 al 31 de marzo de 2025.
BASE CUARTA.– DOTACIÓN PRESUPUESTARIA Y CUANTÍA.
DOTACIÓN PRESUPUESTARIA.
El importe de las subvenciones previstas en estas Bases asciende a UN MILLÓN DE EUROS
(1.000.000,00 €), aplicación presupuestaria 04-4320-46225 “Convocatoria. Subv. Centros de
Interpretación” y supeditado a la consignación efectiva de las ayudas en el Presupuesto de la
Diputación, ejercicio 2024, que resulte aprobado.
CUANTÍA.
La adscripción de trabajadores se ha realizado del siguiente modo, mínimo de un trabajador a
jornada completa por cada Centro de Interpretación o número de trabajadores asignados al/los
Centro/s en la convocatoria 2022, en el caso de que sea superior.
Como resultado de distribuir la dotación presupuestaria entre el total de trabajadores adscritos
a los Centros de Interpretación relacionados en el Anexo I, se asignará a cada entidad
beneficiaria una cantidad fija de 12.941,17 € por cada persona adscrita a jornada completa
durante un periodo de doce meses , y 6.470,58 € por cada persona adscrita a jornada parcial,
al menos del 50%, durante un periodo de doce meses, con un máximo de 30.000 € por entidad
beneficiaria.
La financiación de la contratación y/o mantenimiento del personal informador y dinamizador
pertenecientes a la Red de Centros de Interpretación será compartida por la administración
provincial y las administraciones municipales en el caso de que la cantidad fija arriba indicada
no sea suficiente para cubrir los gastos subvencionables.
En el caso de que la cuantía solicitada sea inferior a la dotación presupuestaria, el remanente
se distribuirá entre las entidades solicitantes con el importe que resulte de dividir las cantidades
no solicitadas entre el número de entidades beneficiarias que hayan solicitado la subvención,
respetando en todo caso el límite de los 30.000,00€ por Entidad.
Las subvenciones concedidas nunca sobrepasarán el importe de la dotación presupuestaria, y
el órgano competente se reserva el derecho a no asignar el importe total de la aplicación si las
CVE:
BOP-2023-7077
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 27 de noviembre de 2023
N.º 0225
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