Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-7077)
BOP-2023-7077 Bases reguladoras de la Convocatoria de Subvenciones Centros de Interpretación adscritos a la red de Centros de Interpretación de la provincia de Cáceres. Ejercicio 2024.
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dicten durante la tramitación del procedimiento registradas a través de la sede electrónica de la
Diputación, se incorporarán a los expedientes y estarán disponibles a lo largo de toda la
tramitación telemática en dicha sede.
Se pondrá a disposición de las personas solicitantes un sistema complementario de alertas por
medio de correo electrónico, en los términos del artículo 41.6 de la Ley 39/2015.
En aquellos casos en los que, como resultado de la fase de justificación y comprobación,
tuviera lugar un procedimiento de reintegro, las notificaciones relacionadas con dicho
procedimiento se realizarán en los términos del artículo 43 de la Ley 39/2015.
BASE UNDÉCIMA.- JUSTIFICACIÓN: DOCUMENTOS, PLAZO DE JUSTIFICACIÓN Y
PRÓRROGA.
El sistema de justificación a emplear será el de cuenta justificativa con aportación de certificado
del Interventor/a o Secretario/a-Interventor/a, de acuerdo con lo establecido en el artículo 72.3
del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, teniendo en cuenta la naturaleza de
la presente subvención y, cuyo contenido se cumplimentará siguiendo las indicaciones del
formulario establecido en la sede electrónica a tal efecto.
DOCUMENTOS.
Los beneficiarios presentarán la justificación cumplimentando todos los campos obligatorios del
formulario “Justificación” presente en la sede electrónica.
Además de este documento “Justificación”, se acompañarán:
Cuenta justificativa, según modelo normalizado puesto a disposición en Sede
Electrónica.
Certificado del/la Secretario/a – Interventor/a, en relación al inicio y fin del contrato o
contratos subvencionados y cumplimiento de la obligación de publicidad recogida en el
punto 4º de la Base Séptima, ANEXO II.
Memoria de actividades realizadas en el/los Centro/s de Interpretación, incluyendo
informe de visitantes extraído del aplicativo de la Red de Centros de Interpretación
Turística de la provincia.
PLAZO DE JUSTIFICACIÓN.
La justificación de las ayudas concedidas deberá realizarse en el plazo de 3 meses desde la
CVE:
BOP-2023-7077
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 27 de noviembre de 2023
N.º 0225
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