Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2023-7062)
BOP-2023-7062 EXTRACTO. Bases de subvenciones a las peñas del carnaval por su participación en los desfiles de carrozas y comparsas del carnaval del campo arañuelo en Navalmoral de la Mata.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata
CORRECCIÓN DE ERRORES. EXTRACTO. Bases de subvenciones a las peñas
del carnaval por su participación en los desfiles de carrozas y comparsas del
carnaval del campo arañuelo en Navalmoral de la Mata.
BASES DE SUBVENCIONES A LAS PEÑAS DEL CARNAVAL POR SU PARTICIPACIÓN EN
LOS DESFILES DE CARROZAS Y COMPARSAS DEL CARNAVAL 2024.
BDNS(Identif.):725088
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/725088)
Aprobadas las “Bases de subvenciones a las peñas del carnaval por su participación en los
desfiles de carrozas y comparsas del carnaval del Campo Arañuelo 2024” por Acuerdo de la
Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día treinta de octubre de dos mil veintitrés, con
rectificación de error de fecha 6 de noviembre de 2023, en el que se aprueba la convocatoria
por procedimiento de concurrencia competitiva.
Advertido error material en el apartado 11.- Gastos subvencionables de la Convocatoria de
subvenciones a las peñas del carnaval por su participación en los desfiles de carrozas y
comparsas del carnaval del campo arañuelo 2024, una vez publicado el extracto de la
convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el Boletín Oficial de la
Provincia de Cáceres de fecha 10 de noviembre de 2023.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que determina “que las
administraciones públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de
los/as interesados/as, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”,
se propone a realizar la siguiente corrección:
CVE:
BOP-2023-7062
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 24 de noviembre de 2023
N.º 0224
Pág. 30044