Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Moraleja. (BOP-2023-7024)
BOP-2023-7024 Modificación del Art. 16 de la Ordenanza municipal de participación ciudadana.
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
16.5.- Tramitación: En el Plazo de un mes se dará respuesta a las personas o vecinos/as
interesados/as que a través de la/s persona/s nombradas que como representantes hayan
dirigido al Ayuntamiento su iniciativa.
Seguidamente deberá ser expuesto o sometida a información en un panel informativo que se
habilitará en un lugar visible de la O.I.A.C.
Tales iniciativas deberán ser sometidas a debate y votación del Pleno, sin perjuicio de que
sean resueltas por el órgano competente. Se requerirá, si procede, informe del Secretario/a del
Ayuntamiento y del Interventor/a Municipal.
La Resolución final de la Iniciativa Ciudadana será puesta en conocimiento de los/as
representantes que promovieron la iniciativa.
Si se estimase que la Iniciativa Ciudadana fuera de interés general para una parte destacable
de los/as vecinos/as podría ser sometida a Consulta Popular Local debidamente motivada.
Anexo.- Modelo facilitado para la tramitación de una INICIATIVA CIUDADANA
Los abajo firmantes, vecinos del municipio de Moraleja, solicitan:
[Especificar la propuesta de acuerdo, actuaciones o proyectos de reglamentos a tramitar a
través de la iniciativa popular].
Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de
lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en
Cáceres, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente
anuncio, en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, de conformidad con el artículo 46 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Moraleja, 17 de noviembre de 2023
María Vega Pereira González
SECRETARIA
N.º Nombre y Apellidos NIF Firma Domicilio
CVE:
BOP-2023-7024
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 23 de noviembre de 2023
N.º 0223
Pág. 29914