Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2023-7008)
BOP-2023-7008 Convenio de Adhesión al Consorcio MásMedio para la Gestión de Servicios Medioambientales suscrito con el Ayuntamiento de Robledillo de la Vera.
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CONVENIO DE ADHESIÓN
CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
4.- Los bienes que adscriba el consorcio para la prestación de los servicios reverti-
rán cuando finalicen dichos servicios, no pudiéndose incorporar ese patrimonio, ni
su valor en la liquidación que se lleve a cabo.
5.- El consorcio podrá adquirir, poseer, gravar y enajenar sus bienes con arreglo a
la normativa específica de las Corporaciones Locales.
Artículo 30. Ingresos.
1.- Serán ingresos del consorcio los siguientes:
a) Ingresos de derecho privado.
b) Subvenciones u otras aportaciones de derecho público.
c) Los procedentes de operaciones de crédito.
d) Las aportaciones de las entidades consorciadas.
e) Tasas, precios públicos y contribuciones especiales.
f) Las percepciones que puedan obtenerse como consecuencia de trabajos de aseso-
ramiento que legalmente correspondan.
g) Cualquier otro ingreso, contraprestación, tarifa o recurso que autorice la legis-
lación vigente y se apruebe por la Junta General.
2.- Cada entidad consorciada se obligará a consignar en su presupuesto ordinario
cantidad suficiente para atender sus obligaciones económicas con el Consorcio en
proporción con su cuota de participación en el mismo y de acuerdo con el presu-
puesto aprobado.
3.- Los ayuntamientos autorizarán al consorcio, en el momento de su incorporación
al mismo, la retención de los fondos necesarios para el pago de las cuotas, con cargo
a la recaudación que la Diputación efectúe a favor de los ayuntamientos.
4.- En el caso de que cualquier entidad consorciada no efectúe el pago de su cuota
correspondiente, ni exista crédito suficiente para ello en el servicio de recaudación
provincial, dicha entidad autoriza al consorcio, en el momento de su incorporación
al mismo, a tramitar el endoso de cualquier crédito que la Junta de Extremadura o
la propia Diputación Provincial tenga que abonar a dicha entidad.
5.- Asimismo y una vez aprobado el presupuesto, las corporaciones locales respec-
tivas remitirán al consorcio certificación acreditativa de la consignación corres-
pondiente y de su afectación al consorcio.
CVE:
BOP-2023-7008
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 23 de noviembre de 2023
N.º 0223
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