Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2023-7008)
BOP-2023-7008 Convenio de Adhesión al Consorcio MásMedio para la Gestión de Servicios Medioambientales suscrito con el Ayuntamiento de Robledillo de la Vera.
26 páginas totales
Página
CONVENIO DE ADHESIÓN
CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
2.- Si los antecedentes fueran de especial complejidad técnica o económico-conta-
ble se podrá disponer del asesoramiento especializado necesario por parte del ór-
gano de control interno.
3.- Los documentos originales no podrán ser trasladados fuera de su lugar de cus-
todia, pero podrán solicitarse copias de los mismos a la Presidencia o Vicepresiden-
cia del consorcio.
Artículo 24. Dirección de las sesiones.
1.- La dirección de las sesiones corresponde a la Presidencia del Consorcio, que, den-
tro de los cometidos inherentes a esta atribución, tendrá los siguientes:
a) Preparar el orden del día, asistido del Secretario y el personal directivo que con-
sidere oportuno.
b) Declarar abierta la sesión y ordenar los debates, para lo cual concederá el uso de
la palabra y establecerá los turnos de intervención, pudiendo asimismo denegar o
retirar el uso de la palabra en caso de considerar inoportuna la intervención.
c) Suspender la sesión por el tiempo necesario para el estudio de un asunto o para
descanso de los Vocales del organismo.
d) Declarar suficientemente debatido un asunto, precisando los términos en que
haya quedado planteada la cuestión para someterla a votación.
e) Declarar privado o secreto un asunto si se considera inconveniente la discusión
pública del mismo. Si lo requiriese la mayoría de los miembros que fueran a debatir
el asunto, esta decisión será necesario adoptarla por el órgano colegiado respec-
tivo. El mismo criterio deberá seguirse para la votación secreta.
f) Solicitar en todo momento o a petición de alguno de los Vocales la intervención
del Secretario, del responsable del control interno o del resto del personal técnico
para asesoramiento a los Vocales del consorcio.
Artículo 25. Régimen de las sesiones.
1.- El Secretario o Secretario Delegado/a dará cuenta de los asuntos comprendidos
en el orden del día, con lectura de la propuesta de acuerdo, si lo hubiera, que podrá
formularse de forma extractada y, si nadie pidiera la palabra, se entenderán apro-
bados por unanimidad.
2.- A solicitud de cualquiera de los Vocales, se dará lectura a la parte del expediente
o documento necesario para la mejor comprensión del asunto. Los miembros del
consorcio que hayan formulado propuestas, podrán hacer uso de la palabra para
explicarla.
CVE:
BOP-2023-7008
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 23 de noviembre de 2023
N.º 0223
Pág. 29799