Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Serrejón. (BOP-2023-6973)
BOP-2023-6973 Delegación de competencias del Pleno en Junta de Gobierno Local.
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Aprobar la concesión de ayudas y subvenciones directas que sean competencia del pleno,
incluyendo el requerimiento de reintegro de cantidades.
La solicitud de subvenciones, ayudas económicas y/o técnicas al Estado, a la Comunidad
Autónoma, a la Diputación Provincial, para cualquier tipo de obra, servicio o suministro, incluido
la aprobación de los proyectos relacionados con la solicitud de subvención.
I. En materia de relaciones laborales:
La propuesta al órgano competente de la Junta de Extremadura de los días que tendrán la
consideración de fiestas locales.
J. En materia de revisión de actos en vía administrativa:
Declarar de oficio la nulidad de los actos administrativos dictados por la Junta de Gobierno
Local en ejercicio de las competencias delegadas, en los casos y conforme al procedimiento
establecido en el artículo 106 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La declaración de lesividad de los actos anulables en los casos y conforme al procedimiento
establecido en el artículo 107 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas
La resolución de los recursos de reposición que se interpongan contra los actos administrativos
dictados por la Junta de Gobierno Local en ejercicio de las competencias delegadas.
El ejercicio de acciones judiciales y administrativas y la defensa de la corporación en materias
de competencia plenaria.
SEGUNDO. Se delega también en la Junta de Gobierno Local la ejecución de los actos
administrativos que hayan sido dictados en ejercicio de las competencias delegadas por el
pleno.
TERCERO. Los acuerdos que se adopten en virtud de esta delegación indicarán,
expresamente, esta circunstancia mediante la inclusión en la parte expositiva del texto que se
señala a continuación, y se considerarán, conforme establece el artículo 9.4 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dictadas por el Órgano delegante:
«La adopción de este acuerdo es competencia de la Junta de Gobierno Local, en virtud de la
delegación acordada por el pleno de este Ayuntamiento en sesión de fecha ____ ...»
CVE:
BOP-2023-6973
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 21 de noviembre de 2023
N.º 0221
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