Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Serrejón. (BOP-2023-6916)
BOP-2023-6916 Aprobación Plan Medidas Antifraude.
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Plan de integridad y de medidas antifraude del Ayuntamiento de SERREJÓN
Sistema de Gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
ANEXO II: DECLARACIÓN DE AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERESES
(MODELO ADMINISTRACIÓN).
Expediente número: ……………………….
Denominación contrato/subvención: ……………………………..
Al objeto de garantizar la imparcialidad en el procedimiento arriba referenciado, el/los
abajo firmante/s, como participante/s en el proceso de preparación y tramitación del
expediente, declara/declaran:
Primero. Estar informado/s de lo siguiente:
1. Que el artículo 61.3 «Conflicto de intereses», del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio (Reglamento financiero de la UE)
establece que «existirá conflicto de intereses cuando el ejercicio imparcial y objetivo de las
funciones se vea comprometido por razones familiares, afectivas, de afinidad política o
nacional, de interés económico o por cualquier motivo directo o indirecto de interés
personal.»
2. Que el artículo 64 «Lucha contra la corrupción y prevención de los conflictos de
intereses» de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la
que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y
del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, define el conflicto de
interés como «cualquier situación en la que el personal al servicio del órgano de
contratación, que además participe en el desarrollo del procedimiento de licitación o pueda
influir en el resultado del mismo, tenga directa o indirectamente un interés financiero,
económico o personal que pudiera parecer que compromete su imparcialidad e
independencia en el contexto del procedimiento de licitación».
3. Que el apartado 3 de la Disposición Adicional centésima décima segunda de la Ley
31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2023, establece
que «El análisis sistemático y automatizado del riesgo de conflicto de interés resulta de
aplicación a los empleados públicos y resto de personal al servicio de entidades decisoras,
ejecutoras e instrumentales que participen, de forma individual o mediante su pertenencia a
órganos colegiados, en los procedimientos descritos de adjudicación de contratos o de
concesión de subvenciones».
4. Que el apartado 4 de la citada disposición adicional centésima décima segunda establece
que:
− «A través de la herramienta informática se analizarán las posibles relaciones
familiares o vinculaciones societarias, directas o indirectas, en las que se pueda dar
un interés personal o económico susceptible de provocar un conflicto de interés,
entre las personas a las que se refiere el apartado anterior y los participantes en
cada procedimiento».
− «Para la identificación de las relaciones o vinculaciones la herramienta contendrá,
entre otros, los datos de titularidad real de las personas jurídicas a las que se refiere
el artículo 22.2.d).iii) del Reglamento (UE) 241/2021, de 12 febrero, obrantes en
las bases de datos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y los
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BOP-2023-6916
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Viernes, 17 de noviembre de 2023
N.º 0219
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