Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyo de la Luz. (BOP-2023-6884)
BOP-2023-6884 Renovación cargo de Juez/a de Paz.
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Asimismo, se publicará en la sede electrónica de este Ayuntamiento:
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Quien lo solicite, será informado/a en el Ayuntamiento de las condiciones precisas para poder
ostentar cargo de Juez/a de Paz y de las causas de incapacidad e incompatibilidad que
impiden el desempeño del mismo.
Que en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, de
acuerdo con lo previsto en el artículo 101.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder
Judicial y el artículo 4 y 6 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los/as Jueces de Paz,
comunicando el Acuerdo al Juzgado de Primera Instancia del partido.
Lo que se hace público para general conocimiento y efectos.
Arroyo de la Luz, 15 de noviembre de 2023
Carlos Caro Domínguez
ALCALDE
CVE:
BOP-2023-6884
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 17 de noviembre de 2023
N.º 0219
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