Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabrero. (BOP-2023-6851)
BOP-2023-6851 Convocatoria para la adjudicación de una licencia de uso común especial del dominio público a fin de que se instale y explote una barra de bar durante la III Feria del Queso y el Cabrero.
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AYUNTAMIENTO DE CABRERO
Serán obligaciones del/de la autorizado/a, además de las que se derivan de las presentes bases,
las siguientes:
a) Hacer efectivo el canon establecido en la cuantía, forma y tiempo señalados en las
presentes bases.
b) Responder de la gestión llevada a cabo para la instalación y explotación de la barra, e
indemnizar los daños y perjuicios ocasionados al Ayuntamiento de Cabrero y a
particulares por las personas o medios que de él/ella dependan, siendo necesaria la
contratación de un seguro de responsabilidad civil con una cobertura mínima de 250.000
euros que cubra los posibles daños y perjuicios que se puedan ocasionar durante la
vigencia de la licencia.
c) Responder de los daños que se puedan ocasionar por accidente, incendio o robo en los
materiales y efectos instalados o depositados en la zona. En ningún caso el Ayuntamiento
de Cabrero asumirá responsabilidad por ellos.
d) No se procederá a indemnizar al/a la autorizado/a por parte del Ayuntamiento de Cabrero
en el caso de que, por causa de mal tiempo o por imposibilidad, no se pueda realizar la
actividad, siendo a costa del/de la autorizado/a la suscripción de los seguros que, en su
caso, el/la mismo/a considerara oportunos.
e) Cumplir en el plazo establecido en las presentes bases la obligación de reversión al
Ayuntamiento de Cabrero del espacio cuya ocupación se autoriza, responsabilizándose de
dejarlo libre y en las mismas condiciones en que se entregó. En la instalación de la barra
no se construirán obras de fábrica para la fijación al suelo, ni utilizarán elementos que no
sean desmontables o que impliquen dejar sobre el suelo restos de la instalación. No se
podrán colocar sillas o mesas vinculadas a la barra, así como acopios en el exterior de la
superficie asignada a ella.
f) El/La autorizado/a dispondrá para la instalación requerida, y a su costa, cuantos medios
materiales y humanos sean necesarios para el montaje, desmontaje y mantenimiento.
Igualmente será de su responsabilidad la seguridad de todos los materiales de su
propiedad instalados, debiendo disponer de las medidas que sean necesarias para
salvaguardar el orden y la seguridad de los materiales, personas e instalaciones que se
hallen en la zona de trabajo (vallado, señalización, vigilancia...). En ningún caso podrá
disponer de elemento alguno de reproducción musical.
g) Obtener, a su costa, cuantas licencias y permisos requiera la actividad a realizar,
comprometiéndose a llevarla a cabo con las debidas medidas de seguridad, cumpliendo
PASEO EL CANCHAL CP 10616 TELÉFONO 927 47 81 52 CIF P-1003700-J
Cód.
Validación:
949TS962RWYDFQJ9D7YNGGYSY
Verificación:
https://cabrero.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
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BOP-2023-6851
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 16 de noviembre de 2023
N.º 0218
Pág. 29213
Serán obligaciones del/de la autorizado/a, además de las que se derivan de las presentes bases,
las siguientes:
a) Hacer efectivo el canon establecido en la cuantía, forma y tiempo señalados en las
presentes bases.
b) Responder de la gestión llevada a cabo para la instalación y explotación de la barra, e
indemnizar los daños y perjuicios ocasionados al Ayuntamiento de Cabrero y a
particulares por las personas o medios que de él/ella dependan, siendo necesaria la
contratación de un seguro de responsabilidad civil con una cobertura mínima de 250.000
euros que cubra los posibles daños y perjuicios que se puedan ocasionar durante la
vigencia de la licencia.
c) Responder de los daños que se puedan ocasionar por accidente, incendio o robo en los
materiales y efectos instalados o depositados en la zona. En ningún caso el Ayuntamiento
de Cabrero asumirá responsabilidad por ellos.
d) No se procederá a indemnizar al/a la autorizado/a por parte del Ayuntamiento de Cabrero
en el caso de que, por causa de mal tiempo o por imposibilidad, no se pueda realizar la
actividad, siendo a costa del/de la autorizado/a la suscripción de los seguros que, en su
caso, el/la mismo/a considerara oportunos.
e) Cumplir en el plazo establecido en las presentes bases la obligación de reversión al
Ayuntamiento de Cabrero del espacio cuya ocupación se autoriza, responsabilizándose de
dejarlo libre y en las mismas condiciones en que se entregó. En la instalación de la barra
no se construirán obras de fábrica para la fijación al suelo, ni utilizarán elementos que no
sean desmontables o que impliquen dejar sobre el suelo restos de la instalación. No se
podrán colocar sillas o mesas vinculadas a la barra, así como acopios en el exterior de la
superficie asignada a ella.
f) El/La autorizado/a dispondrá para la instalación requerida, y a su costa, cuantos medios
materiales y humanos sean necesarios para el montaje, desmontaje y mantenimiento.
Igualmente será de su responsabilidad la seguridad de todos los materiales de su
propiedad instalados, debiendo disponer de las medidas que sean necesarias para
salvaguardar el orden y la seguridad de los materiales, personas e instalaciones que se
hallen en la zona de trabajo (vallado, señalización, vigilancia...). En ningún caso podrá
disponer de elemento alguno de reproducción musical.
g) Obtener, a su costa, cuantas licencias y permisos requiera la actividad a realizar,
comprometiéndose a llevarla a cabo con las debidas medidas de seguridad, cumpliendo
PASEO EL CANCHAL CP 10616 TELÉFONO 927 47 81 52 CIF P-1003700-J
Cód.
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