Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Escurial. (BOP-2023-6832)
BOP-2023-6832 Aprobación definitiva del Plan de Activación Local 2024.
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- Junta de Extremadura: Programa de Colaboración Económica Municipal de Empleo,
Programa de Colaboración Económica Municipal de Conciliación, (Ludoteca/Diviértete) y
cualquier otro que se apruebe con las mismas finalidades en 2024.
- Diputación de Cáceres: Plan Integra, Plan Empleo EELL, Plan Activa Cultura Deporte,
y cualquier otro que se apruebe con las mismas finalidades en 2024.
- Cualquier Administración que pudiera incorporarse durante su vigencia.
8. TEMPORALIZACIÓN.
Este plan de fomento y activación del empleo local de Escurial tendrá una duración de un año,
(2024), a partir de cuya fecha habrá de revisarse y evaluarse, de cara a la puesta en marcha de
un nuevo plan, que marque la estrategia local para la implementación de políticas activas de
empleo y acciones para la mejora de la ocupabilidad de los/as desempleados/as del municipio
de Escurial.
9. CONTRATACIONES LABORALES.
Todos los fondos que nutren el presente Plan convierten a éste en un Plan Local de Activación
de Empleo en los términos del art. 36 del RDL 3/2015 según redacción del RDL 32/2021.
Por ello, las contrataciones se podrán hacer a través del nuevo “contrato para la mejora de la
ocupabilidad y la inserción laboral en el marco de los programas de activación para el empleo”
(DA novena del RDL 3/2015 según redacción del RDL 32/2021) por un período máximo de 12
meses, en los planes cuyas bases reguladoras se han aprobado después del 31 de diciembre
de 2021.
A los programas cuyas bases reguladoras se aprobaron antes de dicha fecha (Plan Integra),
los contratos podrían formalizarse por más de 12 meses si así lo contemplan las bases y con la
duración máxima que establezca el programa (DT segunda RDL 3/2022). El tipo de contrato
será en todos los casos el 405 (jornada completa) o 505 (jornada parcial).
10. COLABORACIÓN CON EL SEXPE.
Las selecciones que así se determinen en las Bases de las convocatorias correspondientes
podrán ser llevadas a cabo a través de solicitud de preselección de demandantes de empleo
dirigida al SEXPE, conforme al art. 96.1 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de
Extremadura.
La utilización de este mecanismo excepcional en la selección del empleo público incluido en el
CVE:
BOP-2023-6832
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 15 de noviembre de 2023
N.º 0217
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