Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Castañar de Ibor. (BOP-2023-6825)
BOP-2023-6825 Delegación de competencias matrimonio civil.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Castañar de Ibor
ANUNCIO. Delegación de competencias matrimonio civil.
Habiéndose aprobado el expediente Delegación de Competencias de la Alcaldesa en una
Concejal para celebrar este matrimonio civil, se publica el mismo para su general conocimiento
y en cumplimiento del artículo 44 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen
jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer
alternativamente recurso de reposición potestativo ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, en el
plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de
conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso
contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres, en el
plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio,
de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no
podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto
expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de
que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su
derecho.
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Visto se considera conveniente y adecuado (para una mayor eficacia en la gestión/por haberlo
solicitado así los contrayentes), delegar en Inmaculada López Díaz, Concejal de este
Ayuntamiento, la autorización del acto de celebración del matrimonio civil entre Álvaro López
Inés y Irene García Barquita, el día 18 de noviembre de 2023.
Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe de Secretaría y de
conformidad con lo establecido en el apartado cuarto de la Instrucción de 26 de enero de 1995,
de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre Directrices sobre la autorización
del matrimonio civil por los Alcaldes,
CVE:
BOP-2023-6825
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 15 de noviembre de 2023
N.º 0217
Pág. 29007
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Castañar de Ibor
ANUNCIO. Delegación de competencias matrimonio civil.
Habiéndose aprobado el expediente Delegación de Competencias de la Alcaldesa en una
Concejal para celebrar este matrimonio civil, se publica el mismo para su general conocimiento
y en cumplimiento del artículo 44 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen
jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer
alternativamente recurso de reposición potestativo ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, en el
plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de
conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso
contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres, en el
plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio,
de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no
podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto
expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de
que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su
derecho.
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Visto se considera conveniente y adecuado (para una mayor eficacia en la gestión/por haberlo
solicitado así los contrayentes), delegar en Inmaculada López Díaz, Concejal de este
Ayuntamiento, la autorización del acto de celebración del matrimonio civil entre Álvaro López
Inés y Irene García Barquita, el día 18 de noviembre de 2023.
Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe de Secretaría y de
conformidad con lo establecido en el apartado cuarto de la Instrucción de 26 de enero de 1995,
de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre Directrices sobre la autorización
del matrimonio civil por los Alcaldes,
CVE:
BOP-2023-6825
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 15 de noviembre de 2023
N.º 0217
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