Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Membrío. (BOP-2023-6718)
BOP-2023-6718 Delegación de competencias.
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cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas en el
período de referencia, y con carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia, tal y
como se prevé en al artículo 115 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen
Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
CUARTO. La delegación conferida en el presente Decreto requerirá para su eficacia la
aceptación del órgano delegado, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si no se formula
ante esta Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el término de
tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta resolución.
QUINTO. La presente resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, dándose
cuenta de su contenido al Pleno de la Corporación en la primera sesión que esta celebre.
SEXTO. En lo no previsto expresamente en esta resolución se aplicarán directamente las
previsiones de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y del
Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales
aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, en cuanto a las reglas que para la
delegación se establecen en dichas normas. Contra este Decreto, que pone fin a la vía
administrativa, de conformidad con lo que establece el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con lo que dispone el artículo
123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, podrá interponerse, con carácter previo y potestativo, Recurso de
Reposición ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, en el término de un mes a contar desde el
día siguiente a la recepción de su notificación, o bien directamente recurso contencioso-
administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres, en el término de
dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de su notificación. No obstante, podrá
interponer cualquier otro, si lo considera conveniente.
Lo que remito se publica, a los efectos oportunos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 44.2
del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades
Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
Membrío, 3 de noviembre de 2023
María FlorenciaTejero Ramos
ALCALDESA - PRESIDENTA
CVE:
BOP-2023-6718
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 10 de noviembre de 2023
N.º 0214
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