Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-6697)
BOP-2023-6697 EXTRACTO. Normas reguladoras Plan subvenciones Operadores TIC Mancomunidades Integrales de la Provincia 2024.
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4. DOCUMENTOS.
No se requieren otros documentos que la propia solicitud.
5. OTROS DATOS DE INTERÉS.
PLAZO DE EJECUCIÓN:
El plazo de ejecución del proyecto o actividad subvencionada será desde el 1 de enero de
2024, hasta el 31 de diciembre de 2024.
Los gastos deberán realizarse dentro del periodo de ejecución y los pagos correspondientes a
los mismos podrán realizarse hasta la finalización del período de justificación.
No podrá solicitarse prórroga del plazo de ejecución.
PLAZO DE JUSTIFICACIÓN:
El plazo máximo de justificación será de 3 meses: desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de
marzo de 2025.
En relación a la justificación, una vez presentada la misma dentro del plazo señalado para ello,
si el órgano gestor considerase, tras las oportunas verificaciones, que existen errores
subsanables en la justificación, se requerirá al/a interesado/a que proceda a corregirlos,
concediéndole un plazo de 10 días hábiles. La presentación de la subsanación, se hará a
través de la sede electrónica mediante la aportación de la documentación indicada y siguiendo
las indicaciones pertinentes que la entidad beneficiaria recibirá del órgano gestor.
Cáceres, 8 de noviembre de 2023
Isabel Ruíz Correyero
VICEPRESIDENTA SEGUNDA
CVE:
BOP-2023-6697
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 10 de noviembre de 2023
N.º 0214
Pág. 28749
No se requieren otros documentos que la propia solicitud.
5. OTROS DATOS DE INTERÉS.
PLAZO DE EJECUCIÓN:
El plazo de ejecución del proyecto o actividad subvencionada será desde el 1 de enero de
2024, hasta el 31 de diciembre de 2024.
Los gastos deberán realizarse dentro del periodo de ejecución y los pagos correspondientes a
los mismos podrán realizarse hasta la finalización del período de justificación.
No podrá solicitarse prórroga del plazo de ejecución.
PLAZO DE JUSTIFICACIÓN:
El plazo máximo de justificación será de 3 meses: desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de
marzo de 2025.
En relación a la justificación, una vez presentada la misma dentro del plazo señalado para ello,
si el órgano gestor considerase, tras las oportunas verificaciones, que existen errores
subsanables en la justificación, se requerirá al/a interesado/a que proceda a corregirlos,
concediéndole un plazo de 10 días hábiles. La presentación de la subsanación, se hará a
través de la sede electrónica mediante la aportación de la documentación indicada y siguiendo
las indicaciones pertinentes que la entidad beneficiaria recibirá del órgano gestor.
Cáceres, 8 de noviembre de 2023
Isabel Ruíz Correyero
VICEPRESIDENTA SEGUNDA
CVE:
BOP-2023-6697
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 10 de noviembre de 2023
N.º 0214
Pág. 28749