Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-6660)
BOP-2023-6660 Convocatoria de bolsa de empleo temporal de Técnicos/as en Innovación y Transformación Digital.
17 páginas totales
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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La lista provisional será objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón
Electrónico de Anuncios y contendrá la relación nominal de aspirantes admitidos/as y exlcuidos/as
indicación de las causas de inadmisión y del plazo de subsanación de defectos de diez días que
se conceden a los/as aspirantes excluidos/as. Quienes dentro del plazo señalado no subsanen
los defectos justificando su derecho serán definitivamente excluidos del proceso selectivo.
4.3. Una vez finalizado el plazo de subsanación de la solicitud, se publicará en el B.O.P. de
Cáceres, en el Tablón Electrónico de Anuncios y la página web de Empleo Público, en las
direcciones indicadas en la base novena, una resolución elevando a definitiva la lista provisional
de aspirantes, incluyendo a los/as excluidos/as que hayan subsanado errores u omisiones. En
dicha resolución se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo del primer ejercicio de la fase
de oposición.
4.4 Las relaciones de aspirantes, tanto admitidos como excluidos, se ordenarán alfabéticamente
atendiendo a las reglas ortográficas establecidas por la Real Academia Española.
QUINTA. Tribunales de selección.
5.1. Los Tribunales calificadores encargados de la selección tendrá la categoría establecida en el
art. 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, y estarán constituidos en la forma que se
determina en los artículos 4 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, 60 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, y 97 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de la Función
Pública de Extremadura, quedando formados por los titulares que a continuación se indican y sus
correspondientes suplentes:
Presidente:
Un/a empleado/a público/a, designado/a por la Presidencia de la Corporación y su
correspondiente suplente.
Vocales:
Tres empleados/as públicos/as de la Corporación y sus correspondientes suplentes.
Secretario:
Un/a empleado/a público/a, que tendrá voz y voto y su correspondiente suplente.
Por Resolución Presidencial de la Diputación Provincial de Cáceres se concretará las
personas integrantes del Tribunal.
En ningún caso pueden formar parte de los órganos de selección:
a) El personal que desempeñe cargos de elección o de designación política o los haya
desempeñado en los últimos dos años.
b) El personal funcionario interino o laboral temporal.
c) El personal eventual.
d) El personal directivo profesional.
e) Las personas que, en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria
correspondiente, hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas
selectivas.
En el supuesto de Especialidades donde no haya suficientes empleados públicos de la
Diputación Provincial de Cáceres, se podrá acudir a empleados públicos de otras
Administraciones Públicas.
CVE:
BOP-2023-6660
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 9 de noviembre de 2023
N.º 0213
Pág. 28616
Electrónico de Anuncios y contendrá la relación nominal de aspirantes admitidos/as y exlcuidos/as
indicación de las causas de inadmisión y del plazo de subsanación de defectos de diez días que
se conceden a los/as aspirantes excluidos/as. Quienes dentro del plazo señalado no subsanen
los defectos justificando su derecho serán definitivamente excluidos del proceso selectivo.
4.3. Una vez finalizado el plazo de subsanación de la solicitud, se publicará en el B.O.P. de
Cáceres, en el Tablón Electrónico de Anuncios y la página web de Empleo Público, en las
direcciones indicadas en la base novena, una resolución elevando a definitiva la lista provisional
de aspirantes, incluyendo a los/as excluidos/as que hayan subsanado errores u omisiones. En
dicha resolución se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo del primer ejercicio de la fase
de oposición.
4.4 Las relaciones de aspirantes, tanto admitidos como excluidos, se ordenarán alfabéticamente
atendiendo a las reglas ortográficas establecidas por la Real Academia Española.
QUINTA. Tribunales de selección.
5.1. Los Tribunales calificadores encargados de la selección tendrá la categoría establecida en el
art. 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, y estarán constituidos en la forma que se
determina en los artículos 4 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, 60 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, y 97 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de la Función
Pública de Extremadura, quedando formados por los titulares que a continuación se indican y sus
correspondientes suplentes:
Presidente:
Un/a empleado/a público/a, designado/a por la Presidencia de la Corporación y su
correspondiente suplente.
Vocales:
Tres empleados/as públicos/as de la Corporación y sus correspondientes suplentes.
Secretario:
Un/a empleado/a público/a, que tendrá voz y voto y su correspondiente suplente.
Por Resolución Presidencial de la Diputación Provincial de Cáceres se concretará las
personas integrantes del Tribunal.
En ningún caso pueden formar parte de los órganos de selección:
a) El personal que desempeñe cargos de elección o de designación política o los haya
desempeñado en los últimos dos años.
b) El personal funcionario interino o laboral temporal.
c) El personal eventual.
d) El personal directivo profesional.
e) Las personas que, en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria
correspondiente, hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas
selectivas.
En el supuesto de Especialidades donde no haya suficientes empleados públicos de la
Diputación Provincial de Cáceres, se podrá acudir a empleados públicos de otras
Administraciones Públicas.
CVE:
BOP-2023-6660
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 9 de noviembre de 2023
N.º 0213
Pág. 28616