Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torrecilla de Los Ángeles. (BOP-2023-6651)
BOP-2023-6651 Bases que han de regir la convocatoria para cubrir en propiedad, mediante concurso-oposición, de una plaza de Auxiliar Administrativo/a, derivada del proceso extraordinario de estabilización y consolidación previsto en la Ley 20/2021.
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Administraciones Públicas, en cuyo caso habrán de practicarse de nuevo las pruebas o
trámites afectados por las irregularidades.
A efectos de comunicaciones y demás incidencias, cada convocatoria determinará la sede del
Tribunal.
SÉPTIMA. Fase de Oposición.
7.1. La fase de oposición estará compuesta de 2 ejercicios obligatorios y no eliminatorios para
todos/as los/as aspirantes. No obstante, los/as aspirantes deberán obtener un mínimo de 30
puntos en el total de la fase de oposición para entenderla superada. En esta fase, la puntuación
máxima será de 60 puntos.
Corresponderá al tribunal resolver la procedencia y concreción de las adaptaciones de tiempos
y medios solicitadas por los/as opositores/as, en su caso, en función de las circunstancias
específicas del ejercicio, según se establece por el Decreto 111/2017, de 18 de julio, por el que
se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y medidas favorecedoras de la integración de los/as empleados/as
públicos/as con discapacidad y la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio.
7.2. La actuación de los/as aspirantes, si no puede realizarse conjuntamente, se iniciará por
orden alfabético de apellidos a partir de la letra “P”, según recoge la Resolución de 16 de
febrero de 2022, de la Dirección General de Función Pública, por la que se da publicidad
resultado del sorteo público que ha de determinar el orden de actuación y prelación de los/as
aspirantes en las pruebas selectivas que se convoquen durante el año 2022 (D.O.E. número
36, de 22 de febrero de 2022).
7.3. Primer ejercicio: consistirá en contestar por escrito, en 30 minutos, un test de 20 preguntas
con cuatro respuestas alternativas relacionadas con las materias del temario que figura como
Anexo IV. El cuestionario contendrá varias preguntas de reserva, claramente identificadas
como tales, en el número que acuerde el tribunal, que sustituirán por su orden a las preguntas
que en su caso pudieren ser objeto de anulación. Dichas preguntas de reserva sólo serán
valoradas en el caso de que sustituyan a alguna otra que haya sido objeto de anulación. Las
preguntas en blanco o contestadas erróneamente no descontarán.
Tras la realización del ejercicio, el tribunal hará pública en la sede electrónica del Ayuntamiento
la plantilla de respuestas correctas. La calificación máxima de esta prueba será de 10 puntos.
7.4. Segundo ejercicio: consistirá en resolver un supuesto práctico a elegir de entre cuatro de
los propuestos por el tribunal. El contenido de la prueba guardará relación con los
CVE:
BOP-2023-6651
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 8 de noviembre de 2023
N.º 0212
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