Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Gargantilla. (BOP-2023-6598)
BOP-2023-6598 Creación y composición de Comisiones Informativas.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Gargantilla
ANUNCIO. Creación y composición de Comisiones Informativas.
El Pleno del Ayuntamiento de Gargantilla en su sesión ordinaria celebrada el pasado día 28 de
septiembre de 2023, aprobó por mayoría absoluta de los/as Sres/as Asistentes (3 Votos a favor
del Grupo PP y 2 Votos del Grupo PSOE), acuerdo cuya parte resolutiva DICE:
PRIMERO. Suprimir la Comisión Informativa de Asuntos Generales y la Comisión de
Urbanismo y Medio Ambiente, de acuerdo con el artículo 20.1 c) de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, al no tener carácter preceptivo, dejando sin
efecto el acuerdo de Pleno adoptado en la sesión extraordinaria celebrada con fecha 11 de julio
de 2023, en lo relativo a la creación de las mismas.
SEGUNDO. Mantener la Comisión Especial de Cuentas en cumplimiento de lo ordenarlo por el
artículo 127 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las
Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre en relación al
art.116 de la Ley 7/1985, de 2 de abril.
TERCERO. Régimen de funcionamiento de las Comisiones. El funcionamiento de las
Comisiones se ajustará a lo previsto en el Reglamento de Organización, Funcionamiento y
Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y en lo no previsto en ellos, en las disposiciones
que regulan el funcionamiento del Pleno. Dichas Comisiones siempre estarán integradas de
forma que su composición se acomode a la proporcionalidad señalada y como resultado de las
Elecciones Locales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 125, letra b, del Real Decreto
2568/86.
En este sentido, cada una de las Comisiones se integra, además de por la Alcaldesa -
Presidenta, por un número de 4 Concejales/as, (2 por el Gupo P.P y 2 por el Grupo PSOE) de
cada uno de los Grupos municipales. Será Secretario/a, el/a que lo sea de la Corporación,
quién podrá delegar en el/a funcionario/a administrativo/a o laboral que considere conveniente.
El/a Presidente/a será sustituido/a por cualquiera de sus miembros en el/a que delegue. El/a
suplente sustituirá al/a titular cuando éste/a no pueda comparecer a las sesiones.
CVE:
BOP-2023-6598
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 7 de noviembre de 2023
N.º 0211
Pág. 28362
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Gargantilla
ANUNCIO. Creación y composición de Comisiones Informativas.
El Pleno del Ayuntamiento de Gargantilla en su sesión ordinaria celebrada el pasado día 28 de
septiembre de 2023, aprobó por mayoría absoluta de los/as Sres/as Asistentes (3 Votos a favor
del Grupo PP y 2 Votos del Grupo PSOE), acuerdo cuya parte resolutiva DICE:
PRIMERO. Suprimir la Comisión Informativa de Asuntos Generales y la Comisión de
Urbanismo y Medio Ambiente, de acuerdo con el artículo 20.1 c) de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, al no tener carácter preceptivo, dejando sin
efecto el acuerdo de Pleno adoptado en la sesión extraordinaria celebrada con fecha 11 de julio
de 2023, en lo relativo a la creación de las mismas.
SEGUNDO. Mantener la Comisión Especial de Cuentas en cumplimiento de lo ordenarlo por el
artículo 127 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las
Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre en relación al
art.116 de la Ley 7/1985, de 2 de abril.
TERCERO. Régimen de funcionamiento de las Comisiones. El funcionamiento de las
Comisiones se ajustará a lo previsto en el Reglamento de Organización, Funcionamiento y
Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y en lo no previsto en ellos, en las disposiciones
que regulan el funcionamiento del Pleno. Dichas Comisiones siempre estarán integradas de
forma que su composición se acomode a la proporcionalidad señalada y como resultado de las
Elecciones Locales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 125, letra b, del Real Decreto
2568/86.
En este sentido, cada una de las Comisiones se integra, además de por la Alcaldesa -
Presidenta, por un número de 4 Concejales/as, (2 por el Gupo P.P y 2 por el Grupo PSOE) de
cada uno de los Grupos municipales. Será Secretario/a, el/a que lo sea de la Corporación,
quién podrá delegar en el/a funcionario/a administrativo/a o laboral que considere conveniente.
El/a Presidente/a será sustituido/a por cualquiera de sus miembros en el/a que delegue. El/a
suplente sustituirá al/a titular cuando éste/a no pueda comparecer a las sesiones.
CVE:
BOP-2023-6598
Verificable
en:
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Martes, 7 de noviembre de 2023
N.º 0211
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