Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Castañar de Ibor. (BOP-2023-6595)
BOP-2023-6595 Aprobación Ordenanza Escuela Infantil.
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
hijos/as.
- A actuar con responsabilidad ante las necesidades de sus hijos/as.
- A ser atendidos/as por la dirección, los/as educadores/as o cualquier otro órgano de
gobierno sobre asuntos relacionados con la educación de su hijo/a.
ARTÍCULO 19. DEBERES DE PADRES, MADRES, TUTORES/AS O REPRESENTANTES
LEGALES.
Serán obligaciones de los/as padres, madres, tutores/as o representantes legales de los/as
niños/as matriculados en el centro:
- Proporcionar, en la medida de sus disponibilidades, los recursos y las condiciones
necesarias para su progreso en la escuela. Facilitar a los/as alumnos/as el equipo de
ropa, bolsa de recambio y material didáctico que el centro considere necesarios.
- Participar de manera activa en las actividades que se establezcan en virtud de los
compromisos educativos que los centros establezcan con las familias para mejorar el
desarrollo de las niñas y niños.
- Conocer, participar y apoyar la evolución de su proceso educativo, en colaboración con
los equipos educativos de los centros.
- Respetar y hacer respetar las normas establecidas por el centro, la autoridad y las
indicaciones u orientaciones de los/las educadores/as.
- Fomentar el respeto por todos/as los/las componentes de la comunidad educativa.
Tratar con consideración a los/as profesores/as, personal no docente y alumnos/as.
- Respetar el Reglamento y las recomendaciones del personal del Centro.
- Indicar por escrito la relación de personas autorizadas para recoger al/a alumno/a y
facilitar un número de contacto permanente.
- Mantener la adecuada higiene en los/as alumnos/as y no llevarlos/as al centro en el
supuesto de que padezcan enfermedades contagiosas.
- Abonar la cuota mensual correspondiente en tiempo y forma.
Se deberán respetar las medidas higiénico-sanitarias necesarias para contribuir al buen
funcionamiento del centro, siendo uno de los requisitos para la admisión la fotocopia del
CVE:
BOP-2023-6595
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 7 de noviembre de 2023
N.º 0211
Pág. 28357
- A actuar con responsabilidad ante las necesidades de sus hijos/as.
- A ser atendidos/as por la dirección, los/as educadores/as o cualquier otro órgano de
gobierno sobre asuntos relacionados con la educación de su hijo/a.
ARTÍCULO 19. DEBERES DE PADRES, MADRES, TUTORES/AS O REPRESENTANTES
LEGALES.
Serán obligaciones de los/as padres, madres, tutores/as o representantes legales de los/as
niños/as matriculados en el centro:
- Proporcionar, en la medida de sus disponibilidades, los recursos y las condiciones
necesarias para su progreso en la escuela. Facilitar a los/as alumnos/as el equipo de
ropa, bolsa de recambio y material didáctico que el centro considere necesarios.
- Participar de manera activa en las actividades que se establezcan en virtud de los
compromisos educativos que los centros establezcan con las familias para mejorar el
desarrollo de las niñas y niños.
- Conocer, participar y apoyar la evolución de su proceso educativo, en colaboración con
los equipos educativos de los centros.
- Respetar y hacer respetar las normas establecidas por el centro, la autoridad y las
indicaciones u orientaciones de los/las educadores/as.
- Fomentar el respeto por todos/as los/las componentes de la comunidad educativa.
Tratar con consideración a los/as profesores/as, personal no docente y alumnos/as.
- Respetar el Reglamento y las recomendaciones del personal del Centro.
- Indicar por escrito la relación de personas autorizadas para recoger al/a alumno/a y
facilitar un número de contacto permanente.
- Mantener la adecuada higiene en los/as alumnos/as y no llevarlos/as al centro en el
supuesto de que padezcan enfermedades contagiosas.
- Abonar la cuota mensual correspondiente en tiempo y forma.
Se deberán respetar las medidas higiénico-sanitarias necesarias para contribuir al buen
funcionamiento del centro, siendo uno de los requisitos para la admisión la fotocopia del
CVE:
BOP-2023-6595
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 7 de noviembre de 2023
N.º 0211
Pág. 28357