Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ahigal. (BOP-2023-6539)
BOP-2023-6539 Aprobación definitiva Ordenanza de Gimnasio Municipal.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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3. No podrán acceder al gimnasio los/as menores de 14 años. Los/as menores
comprendidos/as entre los 14 y los 18 años requerirán de autorización, firmada por los/as
padres/madres o tutores/as, para su inscripción.
4. Los/as menores de 14 a 16 años no podrán estar solos/as en el gimnasio, tendrán que estar
acompañados/as por una persona mayor de 18 años.
5. Se deberá respetar y cuidar en todo momento el equipamiento, mobiliario, etc. intentando
mantener siempre limpias las instalaciones. En el caso en que algún/a usuario/a realice
desperfectos o daños a propósito, siempre que aquellos les sean imputables, deberá hacerse
cargo del importe de la reparación de los posibles desperfectos que se puedan ocasionar.
Dicha obligación de sufragar la reparación de los daños ocasionados que les sean imputables
será exigible con independencia de las sanciones administrativas que se les pudieran imponer
conforme a la presente Ordenanza.
6. Los/as usuarios/as deberán velar por el buen estado de conservación de las instalaciones y
servicios, impidiendo o denunciado todo acto que vaya en deterioro de las mismas y
advirtiendo a los/as empleados/as municipales cuando observen anomalías en las
instalaciones o en el material de la misma para su pronta reparación y evitar males mayores.
7. No se permite fumar, ni comer dentro del recinto, ni introducir y utilizar cualquier elemento de
vidrio u otro material cortante.
8. No está permitido introducir bebidas alcohólicas, ni comida en el gimnasio (excepto barras
energéticas o similares).
9. El Ayuntamiento no se hace responsable de las pérdidas o sustracciones que se produzcan
en el gimnasio, por lo que es recomendable no llevar objetos de valor.
Asimismo, tampoco se hace responsable de las lesiones que puedan sufrir los/as usuarios/as
por un mal uso de las máquinas y del resto de los elementos del gimnasio municipal.
10. Para utilizar las máquinas, el uso de la toalla será obligatorio.
11. El material se dejará en su sitio después de cada uso. En el caso de usar discos en las
máquinas, deberán quitarse y colocarlos en su sitio nuevamente.
12. Los ciclos de uso de los equipos cardiovasculares serán de 30 minutos para cada máquina.
Terminado ese plazo, el/a usuario/a deberá desocupar el equipo a menos que no hubiese otra
persona a la espera, en cuyo caso podrá iniciar un ciclo nuevamente.
CVE:
BOP-2023-6539
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 3 de noviembre de 2023
N.º 0209
Pág. 28141
comprendidos/as entre los 14 y los 18 años requerirán de autorización, firmada por los/as
padres/madres o tutores/as, para su inscripción.
4. Los/as menores de 14 a 16 años no podrán estar solos/as en el gimnasio, tendrán que estar
acompañados/as por una persona mayor de 18 años.
5. Se deberá respetar y cuidar en todo momento el equipamiento, mobiliario, etc. intentando
mantener siempre limpias las instalaciones. En el caso en que algún/a usuario/a realice
desperfectos o daños a propósito, siempre que aquellos les sean imputables, deberá hacerse
cargo del importe de la reparación de los posibles desperfectos que se puedan ocasionar.
Dicha obligación de sufragar la reparación de los daños ocasionados que les sean imputables
será exigible con independencia de las sanciones administrativas que se les pudieran imponer
conforme a la presente Ordenanza.
6. Los/as usuarios/as deberán velar por el buen estado de conservación de las instalaciones y
servicios, impidiendo o denunciado todo acto que vaya en deterioro de las mismas y
advirtiendo a los/as empleados/as municipales cuando observen anomalías en las
instalaciones o en el material de la misma para su pronta reparación y evitar males mayores.
7. No se permite fumar, ni comer dentro del recinto, ni introducir y utilizar cualquier elemento de
vidrio u otro material cortante.
8. No está permitido introducir bebidas alcohólicas, ni comida en el gimnasio (excepto barras
energéticas o similares).
9. El Ayuntamiento no se hace responsable de las pérdidas o sustracciones que se produzcan
en el gimnasio, por lo que es recomendable no llevar objetos de valor.
Asimismo, tampoco se hace responsable de las lesiones que puedan sufrir los/as usuarios/as
por un mal uso de las máquinas y del resto de los elementos del gimnasio municipal.
10. Para utilizar las máquinas, el uso de la toalla será obligatorio.
11. El material se dejará en su sitio después de cada uso. En el caso de usar discos en las
máquinas, deberán quitarse y colocarlos en su sitio nuevamente.
12. Los ciclos de uso de los equipos cardiovasculares serán de 30 minutos para cada máquina.
Terminado ese plazo, el/a usuario/a deberá desocupar el equipo a menos que no hubiese otra
persona a la espera, en cuyo caso podrá iniciar un ciclo nuevamente.
CVE:
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Viernes, 3 de noviembre de 2023
N.º 0209
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