Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ahigal. (BOP-2023-6539)
BOP-2023-6539 Aprobación definitiva Ordenanza de Gimnasio Municipal.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Ahigal
ANUNCIO. Aprobación definitiva Ordenanza de Gimnasio Municipal.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de esta entidad, de fecha
5 de septiembre de 2023, sobre imposición de la tasa por por la Utilización del Gimnasio
Municipal, así como la Ordenanza fiscal reguladora de la misma, cuyo texto íntegro se hace
público en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN DEL GIMNASIO
MUNICIPAL Y NORMAS REGULADORAS.
TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1. Fundamento legal y Objeto.
En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y el
artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases del Régimen Local, y de
conformidad con lo dispuestos en los artículos 15 a 27 del Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, el Ayuntamiento de AHIGAL establece la Tasa por uso del Gimnasio Municipal, que
se regirá por la presente Ordenanza Fiscal.
Asimismo, y siguiendo el procedimiento del articulo 49 de la Ley de Bases de Régimen Local,
se acuerda establecer las normas reguladoras para el correcto uso de las instalaciones del
gimnasio municipal.
ARTÍCULO 2. Hecho Imponible.
Constituye el hecho imponible de la Tasa el aprovechamiento especial o la utilización privativa
del dominio público local consistente en la utilización de las instalaciones del gimnasio
municipal.
CVE:
BOP-2023-6539
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 3 de noviembre de 2023
N.º 0209
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