Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Garganta la Olla. (BOP-2023-6487)
BOP-2023-6487 Aprobación definitiva Ordenanza Gimnasio.
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Artículo 3. Intervención municipal.
En cualquier actividad que se desarrolle en las instalaciones del Gimnasio municipal, el
Ayuntamiento ejercerá la necesaria intervención administrativa, el control, la vigilancia y
cuantas funciones impliquen ejercicio de autoridad y sean de su competencia.
Considerando que las instalaciones admiten un aforo límite de personas, el Ayuntamiento
podrá impedir el acceso a más usuarios/as y/o espectadores/as una vez superado dicho aforo.
Artículo 4. Acceso.
Los Gimnasios Municipales serán de acceso libre para todos/as los/as usuarios/as que
cumplan con los requisitos establecidos en esta normativa.
El horario de apertura y cierre de la instalación será el establecido mediante Resolución de
Alcaldía y fijará el horario de utilización, así como el cierre por vacaciones, reparaciones,
haciéndolo público.
El tiempo máximo de permanencia en la sala de aparatos para la práctica de actividad física
será de una hora por usuario/a, debiendo haber un intervalo de 15 minutos desde la finalización
del tiempo entre un/a usuario/a y el inicio del tiempo del siguiente, a los efectos de poder llevar
a cabo las tareas de desinfección de las máquinas utilizadas.
Artículo 5. Horario y autorizaciones.
Queda prohibido terminantemente el acceso a la instalación fuera del horario establecido.
Los/as usuarios/as accederán al recinto en horario de apertura, y una vez concluida la misma
abandonarán la instalación con puntualidad, respetando los horarios establecidos para el resto
de usuarios/as.
Aquellos/as usuarios/as que pretendan reservar la instalación en un horario determinado
deberán tramitar la correspondiente autorización en las oficinas del Ayuntamiento, en horario
de apertura de lunes a viernes.
El Ayuntamiento puede autorizar excepcionalmente el uso de las instalaciones fuera de los
horarios habituales.
La entrada al recinto se realizará de acuerdo con alguna de las siguientes modalidades:
Abono de los precios públicos aprobados por Resolución de Alcaldía.
CVE:
BOP-2023-6487
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 31 de octubre de 2023
N.º 0207
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