Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Miajadas. (BOP-2023-6381)
BOP-2023-6381 EXTRACTO. Bases específicas de "Premios por la participación en las Cabalgatas de Reyes Magos 2024 en Miajadas, Alonso de Ojeda y Casar de Miajadas.
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Una vez aprobada la propuesta de resolución definitiva, el órgano competente resolverá el
procedimiento. La resolución, además de contener el solicitante o relación de solicitantes a los
que se concede la subvención, hará constar, en su caso, de manera expresa, la desestimación
del resto de las solicitudes.
El plazo de resolución y notificación será, según lo descrito en el artículo 13.2 de la Ordenanza
Municipal específica de subvenciones en materia de festejos, ocio y tiempo libre, cultura,
juventud, educación, participación ciudadana, asociacionismo, mayores, mujeres e igualdad de
oportunidades consumo, comercio, deportes, desarrollo local, y medioambiente del
Ayuntamiento de Miajadas (Cáceres).
El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución legitima a los/as
interesados/as para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión
de la subvención.
8. Reformulación de las Solicitudes.
Cuando la subvención tenga por objeto la financiación de actividades a desarrollar por el
solicitante y el importe de la subvención de la propuesta de resolución provisional sea inferior al
que figura en la solicitud presentada, se podrá instar del beneficiario la reformulación de su
solicitud para ajustar los compromisos y condiciones a la subvención otorgable.
Si la solicitud merece la conformidad del órgano colegiado, se remitirá con todo lo actuado al
órgano competente para que dicte la resolución. Debe respetar, en cualquier caso, el objeto,
condiciones y la finalidad de la subvención, así como los criterios de valoración establecidos
respecto de las solicitudes o peticiones.
9. Fin de la Vía Administrativa.
El acto de resolución de la subvención agota la vía administrativa.
De acuerdo con lo que disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra dicha resolución
podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Alcalde de este Ayuntamiento, en
el término de un mes a contar desde el día siguiente de la recepción de la notificación, o bien
directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-
Administrativo de Cáceres, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la
recepción de la notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
CVE:
BOP-2023-6381
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 26 de octubre de 2023
N.º 0204
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procedimiento. La resolución, además de contener el solicitante o relación de solicitantes a los
que se concede la subvención, hará constar, en su caso, de manera expresa, la desestimación
del resto de las solicitudes.
El plazo de resolución y notificación será, según lo descrito en el artículo 13.2 de la Ordenanza
Municipal específica de subvenciones en materia de festejos, ocio y tiempo libre, cultura,
juventud, educación, participación ciudadana, asociacionismo, mayores, mujeres e igualdad de
oportunidades consumo, comercio, deportes, desarrollo local, y medioambiente del
Ayuntamiento de Miajadas (Cáceres).
El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución legitima a los/as
interesados/as para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión
de la subvención.
8. Reformulación de las Solicitudes.
Cuando la subvención tenga por objeto la financiación de actividades a desarrollar por el
solicitante y el importe de la subvención de la propuesta de resolución provisional sea inferior al
que figura en la solicitud presentada, se podrá instar del beneficiario la reformulación de su
solicitud para ajustar los compromisos y condiciones a la subvención otorgable.
Si la solicitud merece la conformidad del órgano colegiado, se remitirá con todo lo actuado al
órgano competente para que dicte la resolución. Debe respetar, en cualquier caso, el objeto,
condiciones y la finalidad de la subvención, así como los criterios de valoración establecidos
respecto de las solicitudes o peticiones.
9. Fin de la Vía Administrativa.
El acto de resolución de la subvención agota la vía administrativa.
De acuerdo con lo que disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra dicha resolución
podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Alcalde de este Ayuntamiento, en
el término de un mes a contar desde el día siguiente de la recepción de la notificación, o bien
directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-
Administrativo de Cáceres, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la
recepción de la notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
CVE:
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Verificable
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Jueves, 26 de octubre de 2023
N.º 0204
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