Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Carbajo. (BOP-2023-6368)
BOP-2023-6368 Plan de Medidas Antifraude.
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PLAN DE MEDIDAS ANTIFRAUDE [SISTEMA DE GESTIÓN DL PLAN DE
RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA]
cien participantes, seleccionados aleatoriamente, siempre y cuando no exista la
posibilidad de que ninguna de las subvenciones finalmente otorgadas supere los
10.000 euros. En caso de superarlos se chequearán el 100% de las solicitudes.
El procedimiento se iniciará por el órgano de contratación o el órgano
competente para la concesión de la subvención con carácter previo a la valoración
de las ofertas o solicitudes y se desarrollará por medio de MINERVA, siguiendo los
procesos contemplados en la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero.
4. Procedimiento para la gestión del conflicto de intereses
Si del análisis surgiera un riesgo de conflicto de interés, el órgano que inició
el procedimiento lo pondrá en conocimiento del decisor afectado y de su superior
jerárquico, momento a partir del cual aquel dispondrá de dos días hábiles para
abstenerse y el análisis se volverá a llevar a cabo respecto de quien le sustituya.
Si en ese mismo plazo, la persona afectada alega de forma motivada ante su
superior jerárquico que no existe el riesgo, deberá ratificar su manifestación de
ausencia de conflicto de interés mediante la firma de una nueva DACI, cuya
redacción reflejará la situación planteada y la ausencia de conflicto de interés,
utilizando para ello el modelo establecido en la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero
y que se incorpora a este Plan mediante Anexo III.
Si no se produjera la abstención, el responsable de la operación solicitará a
MINERVA información adicional de los riesgos detectados y la trasladará al superior
jerárquico del decisor.
A la vista de la información adicional proporcionada por MINERVA, de la
alegación motivada del decisor afectado y en su caso, del informe del Comité
Antifraude, el superior jerárquico del decisor afectado resolverá, de forma
motivada:
a) Aceptar la participación en el procedimiento del decisor.
b) Ordenar al decisor que se abstenga. En este caso, se repetirá el proceso
de análisis del riesgo de conflicto de interés respecto de quien lo sustituya.
Cód.
Validación:
5FQG2F6AG7HFTHJP5ZJN4LA5D
Verificación:
https://carbajo.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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13
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CVE:
BOP-2023-6368
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 26 de octubre de 2023
N.º 0204
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