Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Campo Lugar. (BOP-2023-6333)
BOP-2023-6333 Plan de medidas Antifraude.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Campo Lugar
ANUNCIO. Plan de medidas Antifraude.
El Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día 17 de octubre de 2023 ha adoptado
el siguiente acuerdo:
Visto que el Ayuntamiento de Campo Lugar ha sido beneficiaria de 2 líneas de ayuda
financiadas con fondos del PRTR y tiene la consideración de entidad ejecutora del PRTR, lo
que lleva aparejado el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Orden
HFP/1030/2021 de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como en la Orden HFP/55/2023, de 24 de
enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos
que ejecutan el PRTR.
Visto el artículo 6 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de diciembre, por el que se configura el
sistema de gestión del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, conforme al cual “con
la finalidad de dar cumplimiento a las obligaciones que el artículo 22 del Reglamento (UE)
241/2021, del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021, impone a España
en relación con la protección de los intereses financieros de la Unión como beneficiario de los
fondos del MRR, toda entidad, decisora o ejecutora, que participe en la ejecución de las
medidas del PRTR deberá disponer de un «Plan de medidas antifraude» que le permita
garantizar y declarar que, en su respectivo ámbito de actuación, los fondos correspondientes
se han utilizado de conformidad con las normas aplicables, en particular, en lo que se refiere a
la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses.
Visto que obra en el expediente documento denominado Plan de medidas antifraude del
Ayuntamiento de Campo Lugar, que contiene los documentos a que se refiere el artículo 6 de
la Orden HFP/1030/2021, de 29 de diciembre, por el que se configura el sistema de gestión del
Plan de recuperación, transformación y resiliencia, así como la declaración institucional
antifraude y el código de conducta.
Visto que el órgano competente para su aprobación es el Pleno en aplicación de lo dispuesto
en el artículo 22 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local.
CVE:
BOP-2023-6333
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 25 de octubre de 2023
N.º 0203
Pág. 27500
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Campo Lugar
ANUNCIO. Plan de medidas Antifraude.
El Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día 17 de octubre de 2023 ha adoptado
el siguiente acuerdo:
Visto que el Ayuntamiento de Campo Lugar ha sido beneficiaria de 2 líneas de ayuda
financiadas con fondos del PRTR y tiene la consideración de entidad ejecutora del PRTR, lo
que lleva aparejado el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Orden
HFP/1030/2021 de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como en la Orden HFP/55/2023, de 24 de
enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos
que ejecutan el PRTR.
Visto el artículo 6 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de diciembre, por el que se configura el
sistema de gestión del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, conforme al cual “con
la finalidad de dar cumplimiento a las obligaciones que el artículo 22 del Reglamento (UE)
241/2021, del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021, impone a España
en relación con la protección de los intereses financieros de la Unión como beneficiario de los
fondos del MRR, toda entidad, decisora o ejecutora, que participe en la ejecución de las
medidas del PRTR deberá disponer de un «Plan de medidas antifraude» que le permita
garantizar y declarar que, en su respectivo ámbito de actuación, los fondos correspondientes
se han utilizado de conformidad con las normas aplicables, en particular, en lo que se refiere a
la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses.
Visto que obra en el expediente documento denominado Plan de medidas antifraude del
Ayuntamiento de Campo Lugar, que contiene los documentos a que se refiere el artículo 6 de
la Orden HFP/1030/2021, de 29 de diciembre, por el que se configura el sistema de gestión del
Plan de recuperación, transformación y resiliencia, así como la declaración institucional
antifraude y el código de conducta.
Visto que el órgano competente para su aprobación es el Pleno en aplicación de lo dispuesto
en el artículo 22 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local.
CVE:
BOP-2023-6333
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 25 de octubre de 2023
N.º 0203
Pág. 27500