Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Baños de Montemayor. (BOP-2023-6275)
BOP-2023-6275 Aprobación de las Bases y Convocatoria excepcional en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal, para cubrir una plaza de AUXILIAR DE GUARDERÍA, mediante sistema de concurso.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Baños de Montemayor
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de selección y las comunicaciones que deban realizarse. Cuando sea necesario publicar un acto administrativo
que contenga datos personales se publicará de la forma que determina la disposición adicional séptima de la
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos
digitales. El Ayuntamiento será el responsable del tratamiento de estos datos.
Las instancias se presentarán a través de la sede electrónica de esta Entidad, adjuntando la solicitud,
según el Anexo I de estas bases, relacionándose en la misma los méritos a valorar, y acompañando:
a) DNI, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la nacionalidad en vigor. En el caso de
aspirantes que concurran a las pruebas selectivas por tratarse de cónyuges, o descendientes del
cónyuge, de españoles o nacionales de países miembros de la Unión Europea, deberán presentar los
documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco
y una declaración jurada del español o del nacional de la Unión Europea con el que existe este
vínculo, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el
aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
b) Documentos acreditativos de los requisitos, originales (para su compulsa) o copia auténtica de los
mismos.
c) Documentos acreditativos de los méritos, originales (para su compulsa) o copia auténtica de los
mismos.
Las solicitudes, según modelo del Anexo I, podrán presentarse también por cualquiera de los
medios establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
La fecha límite para la valoración de méritos será la de publicación de las convocatorias en el BOE. En ningún
caso se valorarán méritos no relacionados en la solicitud, ni aquellos que no hubieran sido acreditados
documentalmente.
Cód.
Validación:
42TNFPJLKSFKNRR7C7SR63KM2
Verificación:
https://banosdemontemayor.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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CVE:
BOP-2023-6275
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 23 de octubre de 2023
N.º 0201
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de selección y las comunicaciones que deban realizarse. Cuando sea necesario publicar un acto administrativo
que contenga datos personales se publicará de la forma que determina la disposición adicional séptima de la
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos
digitales. El Ayuntamiento será el responsable del tratamiento de estos datos.
Las instancias se presentarán a través de la sede electrónica de esta Entidad, adjuntando la solicitud,
según el Anexo I de estas bases, relacionándose en la misma los méritos a valorar, y acompañando:
a) DNI, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la nacionalidad en vigor. En el caso de
aspirantes que concurran a las pruebas selectivas por tratarse de cónyuges, o descendientes del
cónyuge, de españoles o nacionales de países miembros de la Unión Europea, deberán presentar los
documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco
y una declaración jurada del español o del nacional de la Unión Europea con el que existe este
vínculo, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el
aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
b) Documentos acreditativos de los requisitos, originales (para su compulsa) o copia auténtica de los
mismos.
c) Documentos acreditativos de los méritos, originales (para su compulsa) o copia auténtica de los
mismos.
Las solicitudes, según modelo del Anexo I, podrán presentarse también por cualquiera de los
medios establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
La fecha límite para la valoración de méritos será la de publicación de las convocatorias en el BOE. En ningún
caso se valorarán méritos no relacionados en la solicitud, ni aquellos que no hubieran sido acreditados
documentalmente.
Cód.
Validación:
42TNFPJLKSFKNRR7C7SR63KM2
Verificación:
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Lunes, 23 de octubre de 2023
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