Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villamiel. (BOP-2023-6262)
BOP-2023-6262 Padrón tercer trimestre 2023. Agua y Basura.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Villamiel
EDICTO. Padrón tercer trimestre 2023. Agua y Basura.
Aprobados por Decreto de esta Alcaldía con fecha de 17 de octubre 2023, los padrones y listas
cobratorias de las tasas por suministro de agua, y servicio de basura , referidos todos ellos al
tercer trimestre de 2023, a efectos tanto de su notificación colectiva, en los términos que se
deducen del artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, como de
la sumisión de los mismos a trámite de información pública, por medio del presente anuncio, se
exponen al público pudiendo ser consultados las dependencias de la Corporación, así como en
su sede electrónica en la dirección
https://www.villamiel.es
en el apartado correspondiente al Portal de Transparencia, durante el plazo de veinte días, a fin
de que quienes se estimen interesados/as puedan formular cuantas observaciones,
alegaciones o reclamaciones, por convenientes, tengan.
Contra el acto de aprobación de los citados padrones y/o las liquidaciones contenidas en los
mismos podrá interponerse recurso previo de reposición ante esta Alcaldía en el plazo de un
mes a contar desde el día siguiente a de finalización del término de exposición pública, de
acuerdo con cuanto establece el artículo 14 del texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
El pago en período voluntario de la presente liquidación, según lo dispuesto en el artículo 62.2
de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, deberá hacerse en los siguientes
plazos:
b) Si la notificación (publicación) de la liquidación se realiza entre los días 16 y último de cada
mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día cinco del segundo mes
posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente (día 5 de diciembre de
2023).
Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda se iniciará el
período ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de
CVE:
BOP-2023-6262
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 20 de octubre de 2023
N.º 0200
Pág. 27249
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Villamiel
EDICTO. Padrón tercer trimestre 2023. Agua y Basura.
Aprobados por Decreto de esta Alcaldía con fecha de 17 de octubre 2023, los padrones y listas
cobratorias de las tasas por suministro de agua, y servicio de basura , referidos todos ellos al
tercer trimestre de 2023, a efectos tanto de su notificación colectiva, en los términos que se
deducen del artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, como de
la sumisión de los mismos a trámite de información pública, por medio del presente anuncio, se
exponen al público pudiendo ser consultados las dependencias de la Corporación, así como en
su sede electrónica en la dirección
https://www.villamiel.es
en el apartado correspondiente al Portal de Transparencia, durante el plazo de veinte días, a fin
de que quienes se estimen interesados/as puedan formular cuantas observaciones,
alegaciones o reclamaciones, por convenientes, tengan.
Contra el acto de aprobación de los citados padrones y/o las liquidaciones contenidas en los
mismos podrá interponerse recurso previo de reposición ante esta Alcaldía en el plazo de un
mes a contar desde el día siguiente a de finalización del término de exposición pública, de
acuerdo con cuanto establece el artículo 14 del texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
El pago en período voluntario de la presente liquidación, según lo dispuesto en el artículo 62.2
de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, deberá hacerse en los siguientes
plazos:
b) Si la notificación (publicación) de la liquidación se realiza entre los días 16 y último de cada
mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día cinco del segundo mes
posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente (día 5 de diciembre de
2023).
Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda se iniciará el
período ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de
CVE:
BOP-2023-6262
Verificable
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Viernes, 20 de octubre de 2023
N.º 0200
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