Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Municipios Valle del Jerte. (BOP-2023-6183)
BOP-2023-6183 Creación de Junta de Gobierno e indemnizaciones por asistencias Órganos Colegiados.
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Sección I - Administración Local
Mancomunidades
Mancomunidad Integral de Municipios Valle del Jerte
ANUNCIO. Creación de Junta de Gobierno e indemnizaciones por asistencias
Órganos Colegiados.
El Pleno de la Mancomunidad Integral del Valle del Jerte, en sesión extraordinaria celebrada el
día 10.10.23, ha adoptado los siguientes acuerdos:
CREAR la Junta de Gobierno Local, de la Mancomunidad Integral del Valle del Jerte de
acuerdo con el contenido de los arts. Art. 20º.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local, y el art. 12 de los Estatutos de la
Mancomunidad Integral del Valle del Jerte, asumiendo todas las funciones delegables
tanto por la Alcaldía como por el Pleno, especificadas en los artículos 21º.3 y 22º.4 de la
Ley 7/1985 y celebrando reuniones conforme establece el Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (Art.112º y 113º) y
correspondiendo el nombramiento y cese de sus miembros al Sr. Presidente.
FIJAR el siguiente régimen de indemnizaciones por asistencias:
1º.- Asignación por asistencia a sesiones de órganos colegiados.
Pleno de la Mancomunidad: 50 euros/sesión
Comisiones Informativas: 50 euros/sesión
Mesas de Contratación: 50 euros/sesión
Junta de Gobierno Local: 300 euros/sesión.
Se fija como límite máximo de percepciones anuales la cantidad de 7.200 euros por miembro
del Pleno.
2º.- La Mancomunidad de hará cargo del gasto por desplazamiento de los/as Representantes
que lo soliciten consistente en el abono, de acuerdo con la legislación vigente, del kilometraje
recorrido en ida y vuelta entre el Ayuntamiento al que representen y la sede de la
Mancomunidad.
CVE:
BOP-2023-6183
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 17 de octubre de 2023
N.º 0197
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