Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2023-6102)
BOP-2023-6102 Convocatoria para la concesión de subvenciones para las actividades a desarrollar por las Asociaciones de Mayores de Plasencia 2023.
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El proyecto deberá estar cuantificado y presupuestado.
Declaración responsable, otorgada ante autoridad administrativa o notario público y
suscrita por el Presidente de la Asociación o Entidad, en el que se haga constar que la
misma no se halla incursa en ninguna de las circunstancias recogidas en los apartados
2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, así como que se
encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la
Seguridad social, impuestas por las disposiciones vigentes.
Documentación justificativa de la aplicación dada a las subvenciones concedidas por el
Excmo. Ayuntamiento de Plasencia, en el ejercicio anterior.
QUINTA.- FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN.
Toda la documentación deberá ser presentada en el Registro General del Excmo.
Ayuntamiento de Plasencia de 9,00 a 14,00 horas, en el plazo de veinte días hábiles a contar
desde el siguiente a la publicación por la Base de Datos Nacional de Subvenciones del extracto
de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres y dirigida al Ilmo. Sr. Alcalde
del Excmo. Ayuntamiento de Plasencia.
Las asociaciones o entidades interesadas podrán examinar el texto íntegro de estas Bases en
la página WEB de la Base de Datos Nacional de Subvenciones dependiente de la Intervención
General del Estado, así como en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres.
Si las solicitudes presentadas no reúnen los requisitos establecidos o no acompañan la
documentación exigida en la presente convocatoria, se requerirá a la persona interesada para
que subsane la solicitud o aporte la documentación en el plazo máximo e improrrogable de 10
días, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud.
SEXTA.- PROCEDIMIENTO, RESOLUCIÓN Y PAGO DE LA SUBVENCIÓN.
El procedimiento de concesión será el previsto en 23 y siguientes de la Ley General de
Subvenciones, así como en los artículos 17 y siguientes de la Ordenanza por la que se regula
el Régimen General de Subvenciones del Ayuntamiento de Plasencia, aprobada por el Excmo.
Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 30 de octubre de 2006.
La Instructora del procedimiento será la Concejala de Accesibilidad, Igualdad, Mayores,
Distritos y Entidades Menores, Dª. María Teresa Díaz Hernández.
Corresponden al órgano instructor las siguientes funciones:
CVE:
BOP-2023-6102
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 11 de octubre de 2023
N.º 0194
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