Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres. (BOP-2023-6056)
BOP-2023-6056 Convocatoria y Bases para la provisión de una plaza de Técnico/a en Administración General (TAG) mediante concurso-oposición, por el turno libre, vacante en la plantilla de funcionario/as.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Plaza Mayor, 30. Tlfs. 927 275003 – 927 275201 – Fax 927 276174
10910 MALPARTIDA DE CACERES (CACERES)
alcaldia@malpartidadecaceres.es – administracion@malpartidadecaceres.es
www.malpartidadecaceres.es
Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres. La cantidad a satisfacer para la plaza ofertada,
objeto de esta convocatoria Grupo A, Subgrupo A1, será de treinta euros (30,00 €).
Estará bonificada la cuota de la Tasa con una reducción del 50% en el caso de personas
con discapacidad igual o superior al 33 por ciento. Esta circunstancia se acreditará
mediante original o copia auténtica del certificado de discapacidad emitido por la
Dirección General de Servicios Sociales, y deberá encontrarse actualizado a fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes. Esta documentación deberá
entregarse junto con la solicitud.
No serán tenida en cuenta la documentación alegada sin el suficiente respaldo documental,
ni la presentada fuera del plazo dispuesto para la presentación de instancias.
Los aspirantes extranjeros deberán aportar, en su caso, la documentación acreditativa de
que concurren las circunstancias previstas en el artículo 57 del TREBEP que les permiten
participar en las pruebas. La documentación en idioma distinto del español deberá
presentarse acompañada de su traducción jurada.
Las personas aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % deberán
solicitar en su instancia las adaptaciones y ajustes razonables necesarios de tiempo y
medios para la realización de las pruebas selectivas, debiendo reflejar las necesidades
específicas que tiene para acceder al proceso de selección en igualdad de condiciones. A
efectos de valorar la procedencia de la concesión de las adaptaciones solicitadas, se
recabará del candidato el correspondiente certificado o información adicional. La
adaptación no se otorgará de forma automática, sino únicamente en aquellos casos en que
la discapacidad guarde relación directa con la prueba a realizar.
A tal efecto, el Tribunal de Selección atenderá a lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto
111/2017, de 18 de julio y en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se
establecen los criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos
selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad. El Tribunal oirá
a la persona interesada, y pedirá asesoramiento y, en su caso, colaboración de los órganos
técnicos y asociaciones competentes.
Si reúne la condición de persona con discapacidad, deberá indicar tal circunstancia en la
instancia de solicitud de participación de la presente convocatoria, aportando copia de un
dictamen de un facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de
discapacidad correspondiente en el que se acreditarán de forma fehaciente las deficiencias
permanentes que han dado origen al grado reconocido, al objeto de proceder a efectuar la
adaptación de tiempo y medio necesarios para realizar las pruebas pudiendo presentarse
dicho documento bien de forma telemática junto con la solicitud tramitada telemáticamente
o bien presencialmente junto con la instancia de solicitud tramitada de forma física. La no
presentación de las instancias en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
SEXTA. ADMISIÓN DE ASPIRANTES Y CONVOCATORIA DE PRUEBAS
6.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la autoridad convocante dictará resolución,
en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos, junto
con el nombramiento de las personas que compondrán el Tribunal de selección.
Cód.
Validación:
495ZFPSC4L75FR7WYXCMJRD63
Verificación:
https://malpartidadecaceres.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
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Martes, 10 de octubre de 2023
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Plaza Mayor, 30. Tlfs. 927 275003 – 927 275201 – Fax 927 276174
10910 MALPARTIDA DE CACERES (CACERES)
alcaldia@malpartidadecaceres.es – administracion@malpartidadecaceres.es
www.malpartidadecaceres.es
Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres. La cantidad a satisfacer para la plaza ofertada,
objeto de esta convocatoria Grupo A, Subgrupo A1, será de treinta euros (30,00 €).
Estará bonificada la cuota de la Tasa con una reducción del 50% en el caso de personas
con discapacidad igual o superior al 33 por ciento. Esta circunstancia se acreditará
mediante original o copia auténtica del certificado de discapacidad emitido por la
Dirección General de Servicios Sociales, y deberá encontrarse actualizado a fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes. Esta documentación deberá
entregarse junto con la solicitud.
No serán tenida en cuenta la documentación alegada sin el suficiente respaldo documental,
ni la presentada fuera del plazo dispuesto para la presentación de instancias.
Los aspirantes extranjeros deberán aportar, en su caso, la documentación acreditativa de
que concurren las circunstancias previstas en el artículo 57 del TREBEP que les permiten
participar en las pruebas. La documentación en idioma distinto del español deberá
presentarse acompañada de su traducción jurada.
Las personas aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % deberán
solicitar en su instancia las adaptaciones y ajustes razonables necesarios de tiempo y
medios para la realización de las pruebas selectivas, debiendo reflejar las necesidades
específicas que tiene para acceder al proceso de selección en igualdad de condiciones. A
efectos de valorar la procedencia de la concesión de las adaptaciones solicitadas, se
recabará del candidato el correspondiente certificado o información adicional. La
adaptación no se otorgará de forma automática, sino únicamente en aquellos casos en que
la discapacidad guarde relación directa con la prueba a realizar.
A tal efecto, el Tribunal de Selección atenderá a lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto
111/2017, de 18 de julio y en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se
establecen los criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos
selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad. El Tribunal oirá
a la persona interesada, y pedirá asesoramiento y, en su caso, colaboración de los órganos
técnicos y asociaciones competentes.
Si reúne la condición de persona con discapacidad, deberá indicar tal circunstancia en la
instancia de solicitud de participación de la presente convocatoria, aportando copia de un
dictamen de un facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de
discapacidad correspondiente en el que se acreditarán de forma fehaciente las deficiencias
permanentes que han dado origen al grado reconocido, al objeto de proceder a efectuar la
adaptación de tiempo y medio necesarios para realizar las pruebas pudiendo presentarse
dicho documento bien de forma telemática junto con la solicitud tramitada telemáticamente
o bien presencialmente junto con la instancia de solicitud tramitada de forma física. La no
presentación de las instancias en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
SEXTA. ADMISIÓN DE ASPIRANTES Y CONVOCATORIA DE PRUEBAS
6.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la autoridad convocante dictará resolución,
en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos, junto
con el nombramiento de las personas que compondrán el Tribunal de selección.
Cód.
Validación:
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Pág. 26686