Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Talayuela. (BOP-2023-6042)
BOP-2023-6042 EXTRACTO. Bases Bonos al Consumo.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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2. No estar incursa en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 12 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de Extremadura, cuya justificación se realizará
mediante una declaración responsable.
3. Estar dado de alta en la Seguridad Social o en la mutua profesional correspondiente y en
Hacienda en el momento de la presentación de la instancia.
4. Tener situada su actividad económica en el municipio de Talayuela.
5. Haber justificado cualquier subvención que le haya sido concedida con anterioridad por el
Ayuntamiento de Talayuela, siempre que haya finalizado el correspondiente plazo de
justificación.
6. Quedan excluidas las administraciones públicas, sus organismos autónomos, las empresas
públicas y otros entes públicos, así como las asociaciones, fundaciones y, en general,
entidades sin ánimo de lucro.
TERCERA. FINALIDAD DE LAS AYUDAS.
Serán subvencionables la venta de bienes y la prestación de servicios por parte de empresas
dadas de alta en alguno de los epígrafes de IAE indicados en el Anexo IV de la presente
convocatoria que se adhieran al programa de Bonos al Consumo.
Quedan excluidas las empresas que realicen las siguientes actividades económicas (aunque
aparezca el grupo o epígrafe de manera genérica dentro de los/as beneficiarios/as): Farmacias,
Estancos, Gestorías, asesorías, abogados, procuradores o similares, Centros y/o clínicas
sanitarias que realicen consultas de atención primaria y/o pruebas, Médicos, especialistas y
profesionales dedicados a la salud, Análisis y laboratorios clínicos, Veterinarios y/o clínicas
veterinarias, Comercio exclusivamente on-line, telefónico o por catálogo, Casinos/ Casas de
apuestas, Transporte de mercancías, Seguros, agentes financieros, inmobiliarias, Entidades
bancarias, Empresas con máquinas automáticas o expendedoras sin necesidad de personal
presencial.
CUARTA. PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.
El plazo para adherirse al programa será desde la publicación de estas bases en el Boletín
Oficial de la Provincia y en la web municipal
https://www.talayuela.es
CVE:
BOP-2023-6042
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 9 de octubre de 2023
N.º 0192
Pág. 26648
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de Extremadura, cuya justificación se realizará
mediante una declaración responsable.
3. Estar dado de alta en la Seguridad Social o en la mutua profesional correspondiente y en
Hacienda en el momento de la presentación de la instancia.
4. Tener situada su actividad económica en el municipio de Talayuela.
5. Haber justificado cualquier subvención que le haya sido concedida con anterioridad por el
Ayuntamiento de Talayuela, siempre que haya finalizado el correspondiente plazo de
justificación.
6. Quedan excluidas las administraciones públicas, sus organismos autónomos, las empresas
públicas y otros entes públicos, así como las asociaciones, fundaciones y, en general,
entidades sin ánimo de lucro.
TERCERA. FINALIDAD DE LAS AYUDAS.
Serán subvencionables la venta de bienes y la prestación de servicios por parte de empresas
dadas de alta en alguno de los epígrafes de IAE indicados en el Anexo IV de la presente
convocatoria que se adhieran al programa de Bonos al Consumo.
Quedan excluidas las empresas que realicen las siguientes actividades económicas (aunque
aparezca el grupo o epígrafe de manera genérica dentro de los/as beneficiarios/as): Farmacias,
Estancos, Gestorías, asesorías, abogados, procuradores o similares, Centros y/o clínicas
sanitarias que realicen consultas de atención primaria y/o pruebas, Médicos, especialistas y
profesionales dedicados a la salud, Análisis y laboratorios clínicos, Veterinarios y/o clínicas
veterinarias, Comercio exclusivamente on-line, telefónico o por catálogo, Casinos/ Casas de
apuestas, Transporte de mercancías, Seguros, agentes financieros, inmobiliarias, Entidades
bancarias, Empresas con máquinas automáticas o expendedoras sin necesidad de personal
presencial.
CUARTA. PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.
El plazo para adherirse al programa será desde la publicación de estas bases en el Boletín
Oficial de la Provincia y en la web municipal
https://www.talayuela.es
CVE:
BOP-2023-6042
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 9 de octubre de 2023
N.º 0192
Pág. 26648