Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2023-5916)
BOP-2023-5916 Bases y Convocatoria para la concesión de Subvenciones para las actividades a desarrollar por las Entidades Juveniles de Plasencia 2023.
19 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
●
●
●
●
Fotocopias compulsadas del Libro de Actas de la Asamblea General donde figure el
nombramiento de la Junta Directiva.
La Concejalía de Juventud del Excmo. Ayuntamiento de Plasencia recabará de los diferentes
departamentos municipales la información necesaria sobre deudas de las Entidades con la
Administración Local y sobre las justificaciones de anteriores subvenciones recibidas.
Toda la documentación deberá ser presentada en el Registro General del Excmo.
Ayuntamiento de Plasencia de 9,00 a 14,00 horas, en el plazo de veinte días hábiles a contar
desde el siguiente a la publicación por la Base de Datos Nacional de Subvenciones, del
extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres y dirigida al Ilmo. Sr.
Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Plasencia. Los/as interesados/as podrán examinar el texto
íntegro de estas Bases en la página WEB de la Base de Datos Nacional de Subvenciones
dependiente de la Intervención General del Estado, así como en el Boletín Oficial de la
Provincia de Cáceres.
Si las solicitudes presentadas no reúnen los requisitos establecidos o no acompañan la
documentación exigida en la presente convocatoria, se requerirá al interesado para que
subsane la solicitud o aporte la documentación en el plazo máximo e improrrogable de 10 días,
indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud.
SEXTA: CRITERIOS DE VALORACIÓN DE SOLICITUDES.
La cuantía de las subvenciones que se otorguen se determinará atendiendo a la Entidad
solicitante y los Proyectos que se adjunten a las solicitudes, valorando los mismos en función
de su capacidad para cumplir los objetivos de esta convocatoria que se detallan en la cláusula
primera, atendiéndose a los siguientes criterios, con la ponderación que se detalla a
continuación:
1. Valoración de la Entidad (máximo 40 puntos).
Experiencia. En la realización de proyectos en la ciudad de Plasencia. (máximo 15
puntos)
Voluntariado. Se valorará el número de voluntarios de la Asociación. (máximo 10
puntos).
Participación. Se valorará la participación en la cogestión de actividades de la
Concejalía de Juventud. (máximo 15 puntos).
2. Valoración del Proyecto (máximo 60 puntos).
CVE:
BOP-2023-5916
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 4 de octubre de 2023
N.º 0189
Pág. 26220
●
●
●
Fotocopias compulsadas del Libro de Actas de la Asamblea General donde figure el
nombramiento de la Junta Directiva.
La Concejalía de Juventud del Excmo. Ayuntamiento de Plasencia recabará de los diferentes
departamentos municipales la información necesaria sobre deudas de las Entidades con la
Administración Local y sobre las justificaciones de anteriores subvenciones recibidas.
Toda la documentación deberá ser presentada en el Registro General del Excmo.
Ayuntamiento de Plasencia de 9,00 a 14,00 horas, en el plazo de veinte días hábiles a contar
desde el siguiente a la publicación por la Base de Datos Nacional de Subvenciones, del
extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres y dirigida al Ilmo. Sr.
Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Plasencia. Los/as interesados/as podrán examinar el texto
íntegro de estas Bases en la página WEB de la Base de Datos Nacional de Subvenciones
dependiente de la Intervención General del Estado, así como en el Boletín Oficial de la
Provincia de Cáceres.
Si las solicitudes presentadas no reúnen los requisitos establecidos o no acompañan la
documentación exigida en la presente convocatoria, se requerirá al interesado para que
subsane la solicitud o aporte la documentación en el plazo máximo e improrrogable de 10 días,
indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud.
SEXTA: CRITERIOS DE VALORACIÓN DE SOLICITUDES.
La cuantía de las subvenciones que se otorguen se determinará atendiendo a la Entidad
solicitante y los Proyectos que se adjunten a las solicitudes, valorando los mismos en función
de su capacidad para cumplir los objetivos de esta convocatoria que se detallan en la cláusula
primera, atendiéndose a los siguientes criterios, con la ponderación que se detalla a
continuación:
1. Valoración de la Entidad (máximo 40 puntos).
Experiencia. En la realización de proyectos en la ciudad de Plasencia. (máximo 15
puntos)
Voluntariado. Se valorará el número de voluntarios de la Asociación. (máximo 10
puntos).
Participación. Se valorará la participación en la cogestión de actividades de la
Concejalía de Juventud. (máximo 15 puntos).
2. Valoración del Proyecto (máximo 60 puntos).
CVE:
BOP-2023-5916
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 4 de octubre de 2023
N.º 0189
Pág. 26220