Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Albalá. (BOP-2023-5899)
BOP-2023-5899 Pliego de Condiciones arrendamiento Bar La Lonja.
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Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y opten por la
presentación física de su proposición, podrán hacerlo en las dependencias de las oficinas
municipales de este Ayuntamiento en su horario de atención al público, de 09.00 a 14:00.
7.3. Contenido de las proposiciones.
En aplicación del artículo 85 del Reglamento General de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre,
del Patrimonio de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1373/2009, de 28
de agosto, las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en dos sobres
cerrados, firmados por el licitador, en los que se hará constar la denominación del sobre y la
leyenda «Proposición para licitar el arrendamiento del bien BAR LA LONJA». La denominación
de los sobres es la siguiente:
- Sobre «A»: Documentación Administrativa.
- Sobre «B»: Oferta Económica.
Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada
de los mismos:
SOBRE «A».
DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA.
—En cuanto a personas jurídicas, la escritura o documento de constitución, los estatutos o el
acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad,
debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de
persona jurídica de que se trate.
—En cuanto a personas físicas, el órgano competente utilizará medios electrónicos para
verificar su identidad, mediante la comprobación de su nombre y apellidos o denominación o
razón social, según corresponda, que consten en el Documento Nacional de Identidad o
documento identificativo equivalente, salvo que conste la oposición expresa del interesado, en
cuyo caso deberá presentar dicho documento.
—Los/as que comparezcan o firmen ofertas en nombre de otro/a, acreditarán la representación
de cualquier modo adecuado en Derecho.
—Si el/la licitador/a fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro
Mercantil, cuando sea exigible legalmente.
CVE:
BOP-2023-5899
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 4 de octubre de 2023
N.º 0189
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presentación física de su proposición, podrán hacerlo en las dependencias de las oficinas
municipales de este Ayuntamiento en su horario de atención al público, de 09.00 a 14:00.
7.3. Contenido de las proposiciones.
En aplicación del artículo 85 del Reglamento General de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre,
del Patrimonio de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1373/2009, de 28
de agosto, las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en dos sobres
cerrados, firmados por el licitador, en los que se hará constar la denominación del sobre y la
leyenda «Proposición para licitar el arrendamiento del bien BAR LA LONJA». La denominación
de los sobres es la siguiente:
- Sobre «A»: Documentación Administrativa.
- Sobre «B»: Oferta Económica.
Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada
de los mismos:
SOBRE «A».
DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA.
—En cuanto a personas jurídicas, la escritura o documento de constitución, los estatutos o el
acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad,
debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de
persona jurídica de que se trate.
—En cuanto a personas físicas, el órgano competente utilizará medios electrónicos para
verificar su identidad, mediante la comprobación de su nombre y apellidos o denominación o
razón social, según corresponda, que consten en el Documento Nacional de Identidad o
documento identificativo equivalente, salvo que conste la oposición expresa del interesado, en
cuyo caso deberá presentar dicho documento.
—Los/as que comparezcan o firmen ofertas en nombre de otro/a, acreditarán la representación
de cualquier modo adecuado en Derecho.
—Si el/la licitador/a fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro
Mercantil, cuando sea exigible legalmente.
CVE:
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Verificable
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