Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2023-5758)
BOP-2023-5758 Bases reguladoras y Convocatoria de las subvenciones destinadas a ayudas individualizadas para el Centro Infantil Dulce Chacón para el curso 2023/2024.
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- Permitir y facilitar la actuación de los Servicios Sociales de Atención social Básica y del
personal del órgano concedente para comprobar el cumplimiento de los requisitos para
ser beneficiario de esta ayuda, aportando cuanta información les sea requerida.
ARTICULO 12º.- PUBLICIDAD DE LAS SUBVENCIONES CONCEDIDAS.
Serán objeto de publicación en el tablón de anuncios de la Corporación la totalidad de las
subvenciones concedidas, con expresión de la convocatoria, el programa y crédito
presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida y finalidad o finalidades de
la subvención.
Igualmente y de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 8.b del artículo 20 de la Ley General
de Subvenciones, en la redacción dada por la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, el
Ayuntamiento remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones las subvenciones
concedidas con indicación según cada caso, de la convocatoria, el programa y crédito
presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida y objetivo o finalidad de la
subvención con expresión de los distintos programas o proyectos subvencionados.
ARTÍCULO 13º.- EFICACIA DE LA CONVOCATORIA.
De conformidad con lo establecido en la Resolución de 10 de diciembre de 2015, de al
Intervención General de la Administración del Estado, por la que se regula el proceso de
registro y publicación de convocatorias de subvenciones y ayudas en la Base de Datos
Nacional de Subvenciones (BDNS), en su apartado quinto, punto 2, la eficacia de la presente
convocatoria quedará supeditada a la publicación de su extracto en el Boletín Oficial de la
Provincia de Cáceres.
ARTÍCULO 14º.- RECURSOS.
Contra la presente convocatoria, y contra la resolución definitiva de concesión o denegación
que de la misma se deriven y ponga fin a la vía administrativa, de acuerdo con lo establecido
en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común, podrá interponerse,
potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Junta de Gobierno
Local, contado a partir del día siguiente al de la publicación, o directamente recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contado asimismo a partir de dicho
momento, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de dicha jurisdicción.
CVE:
BOP-2023-5758
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 27 de septiembre de 2023
N.º 0184
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