Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montánchez. (BOP-2023-5687)
BOP-2023-5687 Periodicidad sesiones Junta de Gobierno Local.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Montánchez
ANUNCIO. Periodicidad sesiones Junta de Gobierno Local.
El pleno del Ayuntamiento de Montánchez, en sesión Extraordinaria de fecha 5 de Julio de
2023, por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, acordó Constituir
la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Montánchez, delegando en la misma las
siguientes competencias del art. 22.2 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local, ajustándose a lo previsto en el artículo 22.4 de la misma:
k) La declaración de lesividad de los actos del Ayuntamiento.
m) La concertación de las operaciones de crédito cuya cuantía acumulada, dentro de cada
ejercicio económico, exceda del 10 por ciento de los recursos ordinarios del Presupuesto -salvo
las de tesorería, que le corresponderán cuando el importe acumulado de las operaciones vivas
en cada momento supere el 15 por ciento de los ingresos corrientes liquidados en el ejercicio
anterior- todo ello de conformidad con lo dispuesto en la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales.
ñ) La aprobación de los proyectos de obras y servicios cuando sea competente para su
contratación o concesión, y cuando aún no estén previstos en los presupuestos.
El Sr. Alcalde por Decreto de Alcaldía, de 10 de Julio de 2023, nombra a los/as miembros de
dicha Junta y delega en ella, de conformidad con lo establecido en el apartado 3 del art. 21 de
la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, las siguientes
competencias del art. 21.1 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local, ajustándose a lo previsto en el artículo 22.3 de la misma:
d) Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios y obras municipales.
La Junta de Gobierno Local, se ha constituido en fecha 15 de Septiembre de 2023, acordando
la misma respecto a la periodicidad de las sesiones ordinarias, que las mismas se celebren,
con carácter general dos viernes al mes, a las catorce (14:00) horas, de forma que su
periodicidad sea cada quince días.
CVE:
BOP-2023-5687
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 21 de septiembre de 2023
N.º 0180
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