Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Barrado. (BOP-2023-5445)
BOP-2023-5445 Padrón fiscal relativo al agua domiciliaria correspondiente al primer semestre de 2023.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Barrado
ANUNCIO. Padrón fiscal relativo al agua domiciliaria correspondiente al primer
semestre de 2023.
Aprobado por decreto de Alcaldía 2023-0081, de 28 de agosto de 2023, el padrón fiscal relativo
al agua domiciliaria (incluido canon de saneamiento) correspondiente al primer semestre de
2023 y, teniendo en cuenta lo que establece el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de
diciembre, General Tributaria, se exponen al público por un plazo de 20 días hábiles, contados
a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de
Cáceres, a efecto de que las personas interesadas formulen las observaciones, alegaciones, o
reclamaciones que estimen oportunas.
PERIODO DE COBRANZA EN VOLUNTARIA.
El plazo de pago en periodo voluntario será de 2 meses, contados desde el día siguiente a la
finalización del plazo de exposición al público de 20 días hábiles.
Los recibos domiciliados se cargarán en las cuentas bancarias autorizadas por las personas
contribuyentes.
Transcurrido el plazo de pago en período voluntario, las deudas no satisfechas serán exigidas
por el procedimiento de apremio y devengarán los intereses, recargos y costas que sean
exigibles de conformidad con lo dispuesto en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General
Tributaria y en el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento
General de Recaudación.
RECURSOS.
Contra el acto de aprobación del citado padrón y/o las liquidaciones contenidas en este, podrá
interponerse recurso de reposición ante la Alcaldía, en el plazo de 1 mes a contar desde el día
siguiente al de finalización del periodo de exposición pública, de acuerdo con cuanto establece
el artículo 14.2, letra c del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
CVE:
BOP-2023-5445
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 1 de septiembre de 2023
N.º 0167
Pág. 24732
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Barrado
ANUNCIO. Padrón fiscal relativo al agua domiciliaria correspondiente al primer
semestre de 2023.
Aprobado por decreto de Alcaldía 2023-0081, de 28 de agosto de 2023, el padrón fiscal relativo
al agua domiciliaria (incluido canon de saneamiento) correspondiente al primer semestre de
2023 y, teniendo en cuenta lo que establece el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de
diciembre, General Tributaria, se exponen al público por un plazo de 20 días hábiles, contados
a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de
Cáceres, a efecto de que las personas interesadas formulen las observaciones, alegaciones, o
reclamaciones que estimen oportunas.
PERIODO DE COBRANZA EN VOLUNTARIA.
El plazo de pago en periodo voluntario será de 2 meses, contados desde el día siguiente a la
finalización del plazo de exposición al público de 20 días hábiles.
Los recibos domiciliados se cargarán en las cuentas bancarias autorizadas por las personas
contribuyentes.
Transcurrido el plazo de pago en período voluntario, las deudas no satisfechas serán exigidas
por el procedimiento de apremio y devengarán los intereses, recargos y costas que sean
exigibles de conformidad con lo dispuesto en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General
Tributaria y en el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento
General de Recaudación.
RECURSOS.
Contra el acto de aprobación del citado padrón y/o las liquidaciones contenidas en este, podrá
interponerse recurso de reposición ante la Alcaldía, en el plazo de 1 mes a contar desde el día
siguiente al de finalización del periodo de exposición pública, de acuerdo con cuanto establece
el artículo 14.2, letra c del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
CVE:
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Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 1 de septiembre de 2023
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