Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Municipios Tajosalor. (BOP-2023-5390)
BOP-2023-5390 Bases plazas Programa Educación de Adultos/as.
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El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la presencia de más de la mitad de sus miembros
con derecho a voto, titulares o suplentes, siendo siempre necesaria la presencia del/a
Presidente/a y Secretario/a. Las decisiones se adoptarán por mayoría y en caso de empate,
decidirá el voto de calidad del/a Presidente/a.
Serán personalmente responsables del estricto cumplimiento de estas bases, de la sujeción a
los plazos establecidos para su realización y para la valoración de la pruebas y para la
publicación de los resultados. Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la
interpretación las bases así como que deba hacerse en los casos no previstos serán resueltos
por el tribunal por mayoría.
NOVENA.- PUBLICIDAD TRIBUNAL. Se publicarán en los tablones de los municipios
integrantes de la Mancomunidad, en las Sedes de la misma, así como en su página
www.tajosalor.es y en la sede electrónica de la Mancomunidad con dirección
http://tajosalor.sedelectronica.es, los nombres de las personas componentes del tribunal.
DÉCIMA.- PUBLICIDAD DEL/A SELECCIONADO/A. Terminada la calificación de los/as
aspirantes, el tribunal hará pública la relación del/a candidato/a propuesto, que quedará
seleccionado/a.
UNDÉCIMA.- LISTA DE ESPERA. Se constituirá una lista de espera para el caso de resolución
del contrato o cualquier otra vacancia que se pueda producir, siguiendo rigurosamente el orden
de puntuación obtenida para los/as restantes aspirantes.
DUODECIMA.- INCIDENCIAS. Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de
conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Asimismo, la Jurisdicción competente para resolver las controversias en relación con los
efectos y resolución del contrato laboral será la Jurisdicción Social.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por
los/as interesados/as recurso de reposición en el plazo de un mes ante Presidencia, previo al
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-
Administrativo de Cáceres o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, a partir del día
siguiente al de publicación de su anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres
CVE:
BOP-2023-5390
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 29 de agosto de 2023
N.º 0164
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