Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montehermoso. (BOP-2023-4465)
BOP-2023-4465 Delegación de competencias en Junta de Gobierno Local.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Montehermoso
ANUNCIO. Delegación de competencias en Junta de Gobierno Local.
Habiéndose aprobado por Resolución de la Alcaldía con fecha 3 de julio de 2023 la Delegación
de Competencias del Alcalde a la Junta de Gobierno Local, se publica la misma para su
general conocimiento y en cumplimiento del artículo 44 del Reglamento de organización,
funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto
2568/1986, de 28 de noviembre.
Examinada la documentación que la acompaña y de conformidad con lo establecido en los
artículos 9.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; 21.3
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; y 43 a 45, 114 a
118, 120 y 121 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las
Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,
RESUELVO
PRIMERO. Corresponderá a la Junta de Gobierno Local, así integrada, y bajo la presidencia de
esta Alcaldía, la asistencia permanente a la misma en el ejercicio de sus atribuciones así como
las que le delegue cualquier órgano municipal o expresamente le atribuyan las leyes:
A) La asistencia al Acalde en el ejercicio de sus atribuciones.
B) Las siguientes atribuciones que por la presente Resolución le quedan delegadas,
exceptuadas las enumeradas en el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de
las Bases de Régimen Local y, concretamente, las siguientes:
- Otorgar las licencias municipales de obras o figuras similares por disponerlo así la
Ordenanza Municipal.
- Dirigir, Inspeccionar e impulsar los servicios y obras municipales.
- Adopción de acuerdos de todas las peticiones que se presenten ante esta
Administración, que no sean competencia del Pleno del Ayuntamiento.
CVE:
BOP-2023-4465
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 10 de julio de 2023
N.º 0129
Pág. 21464
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Montehermoso
ANUNCIO. Delegación de competencias en Junta de Gobierno Local.
Habiéndose aprobado por Resolución de la Alcaldía con fecha 3 de julio de 2023 la Delegación
de Competencias del Alcalde a la Junta de Gobierno Local, se publica la misma para su
general conocimiento y en cumplimiento del artículo 44 del Reglamento de organización,
funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto
2568/1986, de 28 de noviembre.
Examinada la documentación que la acompaña y de conformidad con lo establecido en los
artículos 9.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; 21.3
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; y 43 a 45, 114 a
118, 120 y 121 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las
Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,
RESUELVO
PRIMERO. Corresponderá a la Junta de Gobierno Local, así integrada, y bajo la presidencia de
esta Alcaldía, la asistencia permanente a la misma en el ejercicio de sus atribuciones así como
las que le delegue cualquier órgano municipal o expresamente le atribuyan las leyes:
A) La asistencia al Acalde en el ejercicio de sus atribuciones.
B) Las siguientes atribuciones que por la presente Resolución le quedan delegadas,
exceptuadas las enumeradas en el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de
las Bases de Régimen Local y, concretamente, las siguientes:
- Otorgar las licencias municipales de obras o figuras similares por disponerlo así la
Ordenanza Municipal.
- Dirigir, Inspeccionar e impulsar los servicios y obras municipales.
- Adopción de acuerdos de todas las peticiones que se presenten ante esta
Administración, que no sean competencia del Pleno del Ayuntamiento.
CVE:
BOP-2023-4465
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 10 de julio de 2023
N.º 0129
Pág. 21464