Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guijo de Coria. (BOP-2023-4378)
BOP-2023-4378 Periodicidad de las sesiones ordinarias del Pleno.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Guijo de Coria
ANUNCIO. Periodicidad de las sesiones ordinarias del Pleno.
Vista la regulación contenida en el artículo 46.2, apartado a), de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
reguladora de las Bases de Régimen Local, la cual establece que las sesiones ordinarias
tendrán lugar, como mínimo, cada tres meses y las extraordinarias cuando así lo decida el
Presidente o lo solicite la cuarta parte, al menos, del número legal de miembros de la
Corporación.
Teniendo en cuenta la experiencia de etapas anteriores y, existiendo la posibilidad de convocar
una sesión extraordinaria cada vez que haya un asunto que lo requiera, esta Alcaldía propone
al Pleno que adopte el siguiente acuerdo:
Celebrar las sesiones ordinaras una vez al trimestre, indistintamente del mes que sea, dentro
del trimestre natural, con el horario variable dependiendo de la época del año de que se trate.
Sometido el asunto a votación ordinaria, conforme a lo dispuesto en los art. 101 y 102 del R.D.
2568/1986, de 28 de noviembre, presentes CINCO (5) de los CINCO (5) miembros legales de
la Corporación, es aprobado por mayoría absoluta con CUATRO (4) votos a favor del Grupo
Municipal del PP, UNO (1) voto en contra del Concejal D. David Redondo Manzano del PSOE y
CERO (0) abstenciones, ordenando posteriormente la Sra. Alcaldesa su transcripción al libro
de Actas, conforme dispone el art. 110 ROF.
Guijo de Coria, 4 de julio de 2023
María del Rocío Valentín Roncero
ALCALDESA
CVE:
BOP-2023-4378
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 7 de julio de 2023
N.º 0128
Pág. 21261
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Guijo de Coria
ANUNCIO. Periodicidad de las sesiones ordinarias del Pleno.
Vista la regulación contenida en el artículo 46.2, apartado a), de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
reguladora de las Bases de Régimen Local, la cual establece que las sesiones ordinarias
tendrán lugar, como mínimo, cada tres meses y las extraordinarias cuando así lo decida el
Presidente o lo solicite la cuarta parte, al menos, del número legal de miembros de la
Corporación.
Teniendo en cuenta la experiencia de etapas anteriores y, existiendo la posibilidad de convocar
una sesión extraordinaria cada vez que haya un asunto que lo requiera, esta Alcaldía propone
al Pleno que adopte el siguiente acuerdo:
Celebrar las sesiones ordinaras una vez al trimestre, indistintamente del mes que sea, dentro
del trimestre natural, con el horario variable dependiendo de la época del año de que se trate.
Sometido el asunto a votación ordinaria, conforme a lo dispuesto en los art. 101 y 102 del R.D.
2568/1986, de 28 de noviembre, presentes CINCO (5) de los CINCO (5) miembros legales de
la Corporación, es aprobado por mayoría absoluta con CUATRO (4) votos a favor del Grupo
Municipal del PP, UNO (1) voto en contra del Concejal D. David Redondo Manzano del PSOE y
CERO (0) abstenciones, ordenando posteriormente la Sra. Alcaldesa su transcripción al libro
de Actas, conforme dispone el art. 110 ROF.
Guijo de Coria, 4 de julio de 2023
María del Rocío Valentín Roncero
ALCALDESA
CVE:
BOP-2023-4378
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 7 de julio de 2023
N.º 0128
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