Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyomolinos. (BOP-2023-4319)
BOP-2023-4319 Aprobación definitiva del Programa de Activación del Empleo Local 2023.
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Ayuntamiento de Arroyomolinos
 Auxiliares de biblioteca/agencia de lectura.
 Auxiliares administrativos/as.
 Encargado/a de obras.
 Oficiales de Primera y Segunda de la construcción.
 Peones agrícolas.
 Peones de la construcción.
 Peones forestales.
 Peones de oficios varios/servicios múltiples.
 Operador/a-Grabador/a de datos en ordenador.
 Director/a y maestros/as de Escuela de Educación Infantil.
VII. REQUISITOS MÍNIMOS
Para la participación en los procesos de selección que sean convocados en el marco de este Programa, sin
perjuicio del respeto obligatorio de los principios de igualdad, mérito y capacidad, en el marco de la política
municipal de empleo para garantizar el cumplimiento de los objetivos señalados en el mismo, se determinan los
siguientes requisitos, todos o algunos, según los casos, adicionales para la admisión de los aspirantes:
a) Estar empadronado/a en el municipio con una antigüedad mínima de 1 mes a la fecha de presentación de la
solicitud de participación en el proceso de selección en que se participe o, en su caso y según se determine, a la
fecha de presentación de la correspondiente oferta de empleo. Esta situación será comprobada de oficio por el
Ayuntamiento.
b) Ostentar la condición de desempleado/a a la fecha de presentación de solicitud de participación en el proceso
de selección en que se participe.
VIII. CONTRATACIONES LABORALES
Todos los fondos que nutren el presente Programa convierten a éste en un Programa Local de Activación de
Empleo en los términos del artículo 36 del Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, según la
redacción dada por el del Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre.
Por ello, las contrataciones se podrán hacer a través del “contrato para la mejora de la ocupabilidad y la
inserción laboral en el marco de los programas de activación para el empleo” (Disposición Adicional Novena del
Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, según la redacción dada por el del Real Decreto-ley
32/2021, de 28 de diciembre) por un período máximo de 12 meses.
El tipo de contrato será, en todos los casos, el 405 (jornada completa) o 505 (jornada parcial), o el que, en su
caso, establezca la legislación laboral vigente en cada momento.
IX. CONSTITUCIÓN DE BOLSAS DE EMPLEO
De cada una de las selecciones se podrá constituir una bolsa de empleo con una duración máxima igual a la
duración del contrato formalizado.
Las bases de cada convocatoria concretará, en su caso, el régimen de funcionamiento de dichas listas de
espera.
X. COLABORACIÓN CON EL SEXPE
La selección del personal laboral temporal se realizará mediante procedimientos ágiles que respetarán en todo
caso los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, pudiendo ser llevadas a cabo, cuando así se
determine, mediante solicitud de preselección de demandantes de empleo, a través de la correspondiente
oferta de empleo, dirigida al Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE), conforme al artículo 96.1 de la Ley
13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura.
Para ocupar un puesto de trabajo, el personal laboral temporal deberá reunir los requisitos generales para el
acceso al empleo público establecidos en el artículo 89 de la citada Ley 13/2015.
La utilización de este mecanismo excepcional en la selección del empleo público incluido en el presente
Programa está plenamente justificado en la consecución de los objetivos del mismo, los cuales sólo pueden
Ayuntamiento de Arroyomolinos
Plaza Constitución, 1, Arroyomolinos. 10161 (Cáceres). Tfno. 927385002. Fax: 927385188
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BOP-2023-4319
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Jueves, 6 de julio de 2023
N.º 0127
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