Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Campo Lugar. (BOP-2023-4175)
BOP-2023-4175 Decreto de delegaciones específicas a los/as Concejales/as de la Corporación.
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
●
●
●
Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Campo Lugar
EDICTO. Decreto de delegaciones específicas a los/as Concejales/as de la
Corporación.
Don Alejandro Broncano Vaca, Alcalde del Ayuntamiento de Campo Lugar, de conformidad con
lo dispuesto en los artículos 21.3 y 23.2, 3 y 4 de la Ley 7/85, del 2 de abril, y 43 a 46 y 125 del
Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,
por la presente RESUELVO:
PRIMERO. Conferir las siguientes delegaciones de la Alcaldía:
Asuntos Sociales, participación ciudadana, nuevas tecnologías, infraestructuras y
familia: César Fuentes Vaquero.
Cultura y festejos, deporte, juventud, formación y asociaciones: María Castaño Holguín.
Obras y Servicios, medio ambiente, parques y jardines y personal: Pedro Navarro
Carmona.
Estas delegaciones surtirán efectos desde el día siguiente al de la fecha de adopción de la
presente Resolución.
SEGUNDO. La delegación especial comprende las facultades de dirección y de gestión, así
como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de
actos administrativos que afecten a terceros.
TERCERO. Los actos dictados por el Concejal en ejercicio de las atribuciones que le han sido
delegadas, indicarán expresamente esta circunstancia y se entenderán dictados por la Alcaldía
de este Ayuntamiento. En consecuencia, corresponderá a esta Alcaldía la resolución de los
recursos de reposición que puedan interponerse contra dichos actos.
CUARTO. La delegación conferida en el presente Decreto requerirá para su eficacia la
aceptación del órgano delegado, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si no se formula
ante esta Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el término de
tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta resolución.
CVE:
BOP-2023-4175
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 4 de julio de 2023
N.º 0125
Pág. 20859
●
●
Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Campo Lugar
EDICTO. Decreto de delegaciones específicas a los/as Concejales/as de la
Corporación.
Don Alejandro Broncano Vaca, Alcalde del Ayuntamiento de Campo Lugar, de conformidad con
lo dispuesto en los artículos 21.3 y 23.2, 3 y 4 de la Ley 7/85, del 2 de abril, y 43 a 46 y 125 del
Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,
por la presente RESUELVO:
PRIMERO. Conferir las siguientes delegaciones de la Alcaldía:
Asuntos Sociales, participación ciudadana, nuevas tecnologías, infraestructuras y
familia: César Fuentes Vaquero.
Cultura y festejos, deporte, juventud, formación y asociaciones: María Castaño Holguín.
Obras y Servicios, medio ambiente, parques y jardines y personal: Pedro Navarro
Carmona.
Estas delegaciones surtirán efectos desde el día siguiente al de la fecha de adopción de la
presente Resolución.
SEGUNDO. La delegación especial comprende las facultades de dirección y de gestión, así
como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de
actos administrativos que afecten a terceros.
TERCERO. Los actos dictados por el Concejal en ejercicio de las atribuciones que le han sido
delegadas, indicarán expresamente esta circunstancia y se entenderán dictados por la Alcaldía
de este Ayuntamiento. En consecuencia, corresponderá a esta Alcaldía la resolución de los
recursos de reposición que puedan interponerse contra dichos actos.
CUARTO. La delegación conferida en el presente Decreto requerirá para su eficacia la
aceptación del órgano delegado, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si no se formula
ante esta Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el término de
tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta resolución.
CVE:
BOP-2023-4175
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 4 de julio de 2023
N.º 0125
Pág. 20859