Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Trujillo. (BOP-2023-4123)
BOP-2023-4123 Delegaciones Genéricas - Concejales/as.
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3º.- Las Delegaciones efectuadas abarcarán las facultades de dirección, organización interna y
gestión de los correspondientes servicios. Salvo la facultad de resolver mediante actos
administrativos que alcancen a terceros. En general se rigen por los artículos 114 al 118 del
ROF. Y específicamente por las siguientes normas:
- La Alcaldía podrá revocar en cualquier momento las competencias delegadas, tanto parcial
como totalmente.
- En ningún caso podrán delegarse las atribuciones que se posean, a su vez, por delegación.
- Las resoluciones dictadas en virtud de delegación de atribuciones pondrán fin a la vía
administrativa, en los mismos casos y términos que corresponderían a la actuación del órgano
delegante.
- Los actos dictados por el órgano delegado en el ejercicio de las atribuciones delegadas, se
entienden dictadas por el órgano delegante, correspondiendo en consecuencia a éste, la
resolución de los recursos de reposición que puedan interponerse.
4º.- Notificar la presente resolución a las personas designadas a fin de que presten la
aceptación de tales cargos, debiendo manifestar, en su caso, la renuncia a los mismos, por
escrito, ante esta Alcaldía.
5º.- Remitir anuncio de las referidas delegaciones para su inserción en el Boletín Oficial de la
Provincia y publicarlas igualmente en el tablón de anuncios municipal.
6º.- Dar cuenta de la presente resolución al Pleno, en la primera sesión que se celebre.
7º.- Las delegaciones conferidas serán efectivas desde el día siguiente a la fecha de la
presente resolución.”
Doy fe. EL SECRETARIO GENERAL ACCTAL.
Manuel Ruiz Narciso.
Trujillo, 23 de junio de 2023
María Inés Rubio Díaz
ALCALDESA
CVE:
BOP-2023-4123
Verificable
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Viernes, 30 de junio de 2023
N.º 0123
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